Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021064090)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 6
Martes, 11 de enero de 2022

1709

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin
de lucro para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas
con discapacidad, para el ejercicio 2022. (2021064090)
Mediante la Orden de 27 de abril de 2020, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de
servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental
grave o enfermedad mental grave (DOE n.º 83, de 30 de abril de 2020).
El capítulo III de la citada orden está dedicado a la línea de subvenciones denominada “Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Normalización dirigidos a personas con discapacidad para entidades privadas sin fin de lucro” especificándose en su artículo 40 tanto su
objeto, el fomento de proyectos que incidan directamente en la promoción de la autonomía
personal de las personas con discapacidad, como sus modalidades: Orientación e Inserción
Laboral; de Integración Social e Información a la población y de promoción de la imagen de
las personas con discapacidad.
La referida orden dispone en su artículo 3 que el procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica, mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia
de servicios sociales.
En consonancia con lo anterior, el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que el “...procedimiento para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará siempre
de oficio, mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma...”.
Y, en virtud de la disposición final primera del Decreto 80/2021, de 7 de julio, por el que se
modifica el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Decreto 222/2008, de 24 de octubre,
por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia, la concesión de las subvenciones será resuelta por el Director
Gerente del SEPAD (DOE n.º 133, de 13 de julio de 2021).
La Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura,
crea el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (en