Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064020)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga al Acuerdo de Colaboración Social para la utilización de la plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura con la Asociación Nacional de Tramitadores Administrativos y Profesionales.
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NÚMERO 6
1684
Martes, 11 de enero de 2022
con la Asociación Nacional de Tramitadores Administrativos y Profesionales, teniendo por objeto, como así figura en la Cláusula Primera de dicho Acuerdo, instrumentar la presentación
telemática de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados
por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de
las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo en representación de terceras personas, por parte de los profesionales, integrantes de la Asociación Nacional de Tramitadores
Administrativos y Profesionales que se adhieran al Convenio.
Segundo. En cuanto a la vigencia del acuerdo, la cláusula cuarta establece: “El presente
acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá una duración de cuatro años a
contar desde esa fecha, con posibilidad de prórroga de forma expresa”.
Tercero. Teniendo en cuenta la eficacia de esta actuación conjunta y estando próxima la extinción del acuerdo inicialmente establecido, se pone de manifiesto la voluntad de las partes
para la prórroga del mismo.
Por ello, en el ejercicio de las competencias de las partes firmantes, acuerdan unánimemente
suscribir la presente adenda con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Prórroga del convenio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y al amparo de lo establecido en la cláusula cuarta del
acuerdo suscrito con fecha 22 de diciembre de 2017, se prorroga la vigencia del mismo desde
el 22 de diciembre de 2021 hasta el 22 de diciembre de 2025.
Segunda. Continuidad y efectos.
La presente Adenda en nada más modifica el convenio suscrito entre las partes con fecha 22
de diciembre de 2017, cuyas clausulado continuará en vigor en los mismos términos y condiciones.
Estando de acuerdo las partes en el contenido del presente documento, y en prueba de conformidad, firman el mismo en la fecha y lugar señalados.
Vicepresidenta Primera y Consejera de
Asociación Nacional de Tramitadores
Hacienda y Administración Pública,
Administrativos y Profesionales,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
JOSÉ CARLOS PIÑEIRO GONZÁLEZ
1684
Martes, 11 de enero de 2022
con la Asociación Nacional de Tramitadores Administrativos y Profesionales, teniendo por objeto, como así figura en la Cláusula Primera de dicho Acuerdo, instrumentar la presentación
telemática de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados
por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de
las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo en representación de terceras personas, por parte de los profesionales, integrantes de la Asociación Nacional de Tramitadores
Administrativos y Profesionales que se adhieran al Convenio.
Segundo. En cuanto a la vigencia del acuerdo, la cláusula cuarta establece: “El presente
acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá una duración de cuatro años a
contar desde esa fecha, con posibilidad de prórroga de forma expresa”.
Tercero. Teniendo en cuenta la eficacia de esta actuación conjunta y estando próxima la extinción del acuerdo inicialmente establecido, se pone de manifiesto la voluntad de las partes
para la prórroga del mismo.
Por ello, en el ejercicio de las competencias de las partes firmantes, acuerdan unánimemente
suscribir la presente adenda con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Prórroga del convenio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y al amparo de lo establecido en la cláusula cuarta del
acuerdo suscrito con fecha 22 de diciembre de 2017, se prorroga la vigencia del mismo desde
el 22 de diciembre de 2021 hasta el 22 de diciembre de 2025.
Segunda. Continuidad y efectos.
La presente Adenda en nada más modifica el convenio suscrito entre las partes con fecha 22
de diciembre de 2017, cuyas clausulado continuará en vigor en los mismos términos y condiciones.
Estando de acuerdo las partes en el contenido del presente documento, y en prueba de conformidad, firman el mismo en la fecha y lugar señalados.
Vicepresidenta Primera y Consejera de
Asociación Nacional de Tramitadores
Hacienda y Administración Pública,
Administrativos y Profesionales,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
JOSÉ CARLOS PIÑEIRO GONZÁLEZ