Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2021064080)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
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NÚMERO 5

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Lunes, 10 de enero de 2022

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.1 por remisión del 29.2 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
propuesta del Director General de Arquitectura y Calidad de la Edificación;
RESUELVO
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria, en el marco general del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, específicamente, en relación con la inversión
C02.I01 “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos
residenciales”, incluida dentro del Componente 2 “Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana”, en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, de las subvenciones de los siguientes programas:
1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P3).
2. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4).
3. P
 rograma de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación
y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5).
Segundo. Régimen jurídico.
1. La concesión de estas ayudas se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 853/2021, de
5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación
residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,(BOE
n.º 239, de 6 de octubre), que aprueba las bases reguladoras de estas ayudas.
2. Además de por la norma anterior, se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio y la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y la propia convocatoria.
En defecto de lo previsto en esta normativa se aplicarán las normas de Derecho Administrativo u otras de ámbito nacional o europeo que pudieran resultar aplicables.
Asimismo, al convocar ayudas sobre actuaciones incluidas en la referida inversión C02.
I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se regirá por las disposiciones
que resulten aplicables del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se