Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2021064100)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 5
Lunes, 10 de enero de 2022
1642
A los efectos de esta valoración los proyectos deberán contener los siguientes extremos:
1º Estudios previos.
El proyecto no presenta estudios previos: 0 puntos. El proyecto presenta estudios
previos: 1 punto.
2º Finalidad y objetivos.
En el proyecto no se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos: 0 puntos.
En el proyecto se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos: 1
puntos.
3º Metodología.
El proyecto no detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 0
puntos.
El proyecto detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 1
punto.
4º Duración y continuidad del proyecto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante al menos un trimestre:
1 punto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante más de un trimestre:
2 puntos.
b) Número de actividades a desarrollar en el proyecto Máximo: 10 puntos.
Se otorgará un punto por cada actividad proyectada y encuadrada en alguna de las temáticas establecidas en el ordinal cuarto de la presente convocatoria, incrementándose
en 0,5 cada una de ellas, en los siguientes casos:
1º Actividades cuyo diseño y contenido vayan dirigidos a la promoción, impulso y efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, así como aquellas destinadas a la lucha contra la violencia de género en jóvenes, por parte de las entidades
solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 8/2011, de
23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género
en Extremadura.
Lunes, 10 de enero de 2022
1642
A los efectos de esta valoración los proyectos deberán contener los siguientes extremos:
1º Estudios previos.
El proyecto no presenta estudios previos: 0 puntos. El proyecto presenta estudios
previos: 1 punto.
2º Finalidad y objetivos.
En el proyecto no se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos: 0 puntos.
En el proyecto se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos: 1
puntos.
3º Metodología.
El proyecto no detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 0
puntos.
El proyecto detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 1
punto.
4º Duración y continuidad del proyecto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante al menos un trimestre:
1 punto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante más de un trimestre:
2 puntos.
b) Número de actividades a desarrollar en el proyecto Máximo: 10 puntos.
Se otorgará un punto por cada actividad proyectada y encuadrada en alguna de las temáticas establecidas en el ordinal cuarto de la presente convocatoria, incrementándose
en 0,5 cada una de ellas, en los siguientes casos:
1º Actividades cuyo diseño y contenido vayan dirigidos a la promoción, impulso y efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, así como aquellas destinadas a la lucha contra la violencia de género en jóvenes, por parte de las entidades
solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 8/2011, de
23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género
en Extremadura.