Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022060008)
Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, sobre Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. (P4) por la que se establece la convocatoria de determinados programas de subvenciones regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
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NÚMERO 5

1614

Lunes, 10 de enero de 2022

Estado, podrán aplicarse indistintamente en cualquiera de los ejercicios siguientes hasta
el año 2026.
3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones correspondientes, se publicará anuncio por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un año y comenzará el cómputo del mismo el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la
resolución de la convocatoria y del extracto de la misma, previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16 q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
La presentación de la solicitud será preferentemente electrónica.
El abono de la subvención reconocida se hará mediante pago anticipado, previa solicitud de
los destinatarios últimos formalizada en el modelo de solicitud.
Mérida, 28 de diciembre de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

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