Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064000)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para el fomento del deporte como motor de desarrollo económico en la zona geográfica del Tajo Internacional.
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NÚMERO 4
Viernes, 7 de enero de 2022
1205
La relación exhaustiva de las embarcaciones que se facilitan en el ámbito de este convenio y
la relación de sus matrículas de navegación está recogida en el Anexo al presente Convenio.
Se compromete igualmente la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Deportes, a promover actividades deportivas en las localidades sitas en la zona de actuación del
Tajo Internacional y a ofrecer asesoramiento técnico sobre realización de eventos deportivos
a la Diputación, así como facilitar la colaboración necesaria para organizar actuaciones que
fomenten el deporte como motor de desarrollo económico en la zona.
Tercera. Compromisos de la Diputación.
La Diputación se compromete a:
1) Organizar actuaciones deportivas en la zona del Tajo Internacional.
La Diputación se compromete a organizar y ofertar actividades a las localidades sitas en la
zona de actuación del programa, así como a empresas turísticas y deportivas del sector y
a entidades deportivas de la zona, con el objetivo de fomentar el deporte como motor de
desarrollo económico en la zona del Tajo Internacional.
La Diputación podrá ceder temporalmente el material que la Junta de Extremadura pone a
su disposición, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda de este Convenio, a
empresas turísticas y deportivas del sector y entidades deportivas de la zona al objeto de
ofertar actividades deportivas y formativas con dicho material.
2) Custodiar y almacenar el material deportivo.
La Diputación será la encargada de custodiar el material deportivo especificado en la Cláusula Segunda en un almacén que deberá estar situado obligatoriamente en una localidad
de la zona geográfica del Tajo Internacional.
La Diputación se encargará del traslado inicial del material deportivo, desde el almacén
donde actualmente se encuentra situado en Alcántara hasta la nueva ubicación que considere la Diputación.
3) Limpieza, mantenimiento, reparaciones y puesta a punto del material deportivo.
La Diputación será la encargada de la limpieza y conservación del material deportivo, y
llevará a cabo todas las operaciones necesarias de mantenimiento, incluidas las tareas de
montaje y desmontaje de piezas para llevar a cabo el mismo, además de la puesta a punto
del material para su uso en las condiciones adecuadas, incluidos montajes y rotulaciones
de material.
Viernes, 7 de enero de 2022
1205
La relación exhaustiva de las embarcaciones que se facilitan en el ámbito de este convenio y
la relación de sus matrículas de navegación está recogida en el Anexo al presente Convenio.
Se compromete igualmente la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Deportes, a promover actividades deportivas en las localidades sitas en la zona de actuación del
Tajo Internacional y a ofrecer asesoramiento técnico sobre realización de eventos deportivos
a la Diputación, así como facilitar la colaboración necesaria para organizar actuaciones que
fomenten el deporte como motor de desarrollo económico en la zona.
Tercera. Compromisos de la Diputación.
La Diputación se compromete a:
1) Organizar actuaciones deportivas en la zona del Tajo Internacional.
La Diputación se compromete a organizar y ofertar actividades a las localidades sitas en la
zona de actuación del programa, así como a empresas turísticas y deportivas del sector y
a entidades deportivas de la zona, con el objetivo de fomentar el deporte como motor de
desarrollo económico en la zona del Tajo Internacional.
La Diputación podrá ceder temporalmente el material que la Junta de Extremadura pone a
su disposición, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda de este Convenio, a
empresas turísticas y deportivas del sector y entidades deportivas de la zona al objeto de
ofertar actividades deportivas y formativas con dicho material.
2) Custodiar y almacenar el material deportivo.
La Diputación será la encargada de custodiar el material deportivo especificado en la Cláusula Segunda en un almacén que deberá estar situado obligatoriamente en una localidad
de la zona geográfica del Tajo Internacional.
La Diputación se encargará del traslado inicial del material deportivo, desde el almacén
donde actualmente se encuentra situado en Alcántara hasta la nueva ubicación que considere la Diputación.
3) Limpieza, mantenimiento, reparaciones y puesta a punto del material deportivo.
La Diputación será la encargada de la limpieza y conservación del material deportivo, y
llevará a cabo todas las operaciones necesarias de mantenimiento, incluidas las tareas de
montaje y desmontaje de piezas para llevar a cabo el mismo, además de la puesta a punto
del material para su uso en las condiciones adecuadas, incluidos montajes y rotulaciones
de material.