Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Información Pública. (2022060001)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la participación en la formación práctica del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior (Formacoex Plus).
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022

V

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la apertura del periodo de audiencia e información pública
en relación con el proyecto de Orden por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la participación en la formación
práctica del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio
Exterior (Formacoex Plus). (2022060001)
De conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo
previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, una vez elaborado el proyecto de Orden por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación en la formación práctica del
Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior (Formacoex Plus),
RESUELVO:
La apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de 7 días hábiles,
contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial
de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto
del proyecto de orden indicada y formular alegaciones o las propuestas que consideren
convenientes.
El sometimiento del presente acto al trámite abreviado, regulado en el artículo 66.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, viene justificado por la existencia de un convenio previo que establece
unos plazos de ejecución y justificación que pueden devenir de imposible cumplimiento si la
tramitación de las presentes bases y la futura convocatoria se dilatan en el tiempo.
Las alegaciones o propuestas podrán presentarse por cualquiera de los medios que a tal
efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
sgeyc.ecad@juntaex.es.