Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2021064094)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura" y se dispone su publicación.
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NÚMERO 3

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Miércoles, 5 de enero de 2022

Facilitamos la realización del pago del importe de la deuda con motivo de la
autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados, con tarjeta, a través de terminales PINPAd disponibles en las Oficinas
Gestoras de la Administración Tributaria Autonómica.
3.4.2. Pago en efectivo y de manera presencial de la deuda frente a la Hacienda
Regional, en las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.
Facilitamos la realización del pago del importe de la deuda en efectivo de manera presencial
y mediante dinero de curso legal, con motivo de la autoliquidación de los impuestos cedidos;
utilizando para ello el servicio de caja que prestan las Oficinas Liquidadoras de Distrito
Hipotecario con las que la Administración Tributaria Autonómica tiene suscrito convenio al
efecto.
3.4.3. Pago en efectivo y de manera presencial de la deuda frente a la Hacienda
Regional, a través de la Red de Entidades Financieras colaboradoras.
El pago de las deudas puede efectuarse a través de alguna de las siguientes Entidades
Financieras colaboradoras:
CIB

ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS

0078

BANCA PUEYO,S.A.

0128

BANKINTER,S.A.

0182

BBVA,S.A.

0081

BANCO DE SABADELL,S.A.

2080

ABANCA CORPORACION BANCARIA,S.A

2100

CAIXABANK, S.A.

2085

IBERCAJA BANCO, S.A.

2103

UNICAJA BANCO, S.A.

0049

BANCO SANTANDER,S.A.

3009

CAJA RURAL DE EXTREMADURA, S.C.C.

3001

CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, S.C.C.

En base a convenio suscrito con Entidades Financieras colaboradoras y en los términos
contemplados en la Orden de 14 de marzo de 2013, (DOE nº 59, de 26/03/2013), facilitamos a
la/el obligada/o frente a la Hacienda Regional la realización del pago de su deuda a través de
Entidades Financieras colaboradoras, pudiendo utilizar para ello los siguientes medios:


Pago mediante dinero de curso legal.



Pago mediante cheque.



Pago mediante domiciliación bancaria en determinados supuestos.



Pago mediante cargo en cuenta.

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