Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2021064094)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura" y se dispone su publicación.
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NÚMERO 3
738
Miércoles, 5 de enero de 2022
ANEXO
“CARTA DE SERVICIOS DEL ÁREA TRIBUTARIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA”
ANTECEDENTES.
En marco del proceso de implantación de sistemas de gestión de calidad en la prestación de
los servicios públicos impulsado por el Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por el que se
aprueba la carta de derechos de los ciudadanos, se regulan las cartas de servicios y se definen
los sistemas de análisis y observación de la calidad en la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la entonces Consejería de Hacienda y Administración Pública,
apostó por la aprobación de Cartas de Servicios de sus órganos gestores. De esta forma por
Resolución de la Secretaría General de Hacienda de 30 de septiembre de 2014, se aprobó la
Carta de Servicios denominada “Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura”,
publicada en el DOE nº 198, de 15 de octubre de 2014.
Dado que las Cartas de Servicios son documentos vivos ya que además de declarar
públicamente los compromisos de calidad asumidos en un momento determinado, pretenden
facilitar la mejora continua de los servicios públicos prestados adecuándose a las demandas
ciudadanas, y que por ello la Carta de Servicios indicada tenía un período de vigencia de tres
años a partir de la fecha de publicación, lo cual unido a que durante el tiempo transcurrido
desde la publicación inicial de la Carta se produjeron modificaciones normativas sustanciales
que afectaban a los derechos reconocidos a la ciudadanía y personal usuario en sus relaciones
con la Administración Pública, principalmente al derecho (y obligación en algunos casos) de
relacionarse electrónicamente con la Administración, principalmente contenido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas , que conforma un nuevo estatuto jurídico de la ciudadanía y del personal
administrado en sus relaciones con la Administración, hicieron necesaria la actualización de la
Carta de Servicios aprobada por Resolución de la Secretaría General de Hacienda de 30 de
septiembre de 2014, la cual fue aprobada mediante la Resolución de la Dirección General de
Tributos de 11 de septiembre de 2018, publicada en el D.O.E. nº 187, de 25 de septiembre de
2018.
El transcurso del período de vigencia de la citada actualización, unido tanto a la necesidad
de corrección de determinados compromisos, como a los cambios en los servicios prestados y
en su entorno, han determinado que a instancias de la Dirección General de Tributos, se
iniciasen los trabajos de una nueva actualización de la Carta de Servicios, designándose para
ello al Servicio Fiscal de Cáceres como responsable y constituyéndose un grupo de trabajo,
solicitando el asesoramiento del Servicio de Transparencia y Calidad de los Servicios.
1. DATOS IDENTIFICATIVOS DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS RECOGIDOS EN LA CARTA.
1.1. DATOS IDENTIFICATIVOS.
La Dirección General de Tributos es el órgano directivo integrado en la Vicepresidencia Primera
y Consejería de Hacienda y Administración Pública al cual, bajo la superior dirección de la
persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Presupuestos y
Financiación, le corresponden las atribuciones de dirección, impulso, gestión, liquidación,
inspección, revisión y recaudación de tributos y demás ingresos, conforme a las normas que
los regulan, estableciendo las correspondientes relaciones de cooperación entre el Estado y las
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Miércoles, 5 de enero de 2022
ANEXO
“CARTA DE SERVICIOS DEL ÁREA TRIBUTARIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA”
ANTECEDENTES.
En marco del proceso de implantación de sistemas de gestión de calidad en la prestación de
los servicios públicos impulsado por el Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por el que se
aprueba la carta de derechos de los ciudadanos, se regulan las cartas de servicios y se definen
los sistemas de análisis y observación de la calidad en la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la entonces Consejería de Hacienda y Administración Pública,
apostó por la aprobación de Cartas de Servicios de sus órganos gestores. De esta forma por
Resolución de la Secretaría General de Hacienda de 30 de septiembre de 2014, se aprobó la
Carta de Servicios denominada “Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura”,
publicada en el DOE nº 198, de 15 de octubre de 2014.
Dado que las Cartas de Servicios son documentos vivos ya que además de declarar
públicamente los compromisos de calidad asumidos en un momento determinado, pretenden
facilitar la mejora continua de los servicios públicos prestados adecuándose a las demandas
ciudadanas, y que por ello la Carta de Servicios indicada tenía un período de vigencia de tres
años a partir de la fecha de publicación, lo cual unido a que durante el tiempo transcurrido
desde la publicación inicial de la Carta se produjeron modificaciones normativas sustanciales
que afectaban a los derechos reconocidos a la ciudadanía y personal usuario en sus relaciones
con la Administración Pública, principalmente al derecho (y obligación en algunos casos) de
relacionarse electrónicamente con la Administración, principalmente contenido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas , que conforma un nuevo estatuto jurídico de la ciudadanía y del personal
administrado en sus relaciones con la Administración, hicieron necesaria la actualización de la
Carta de Servicios aprobada por Resolución de la Secretaría General de Hacienda de 30 de
septiembre de 2014, la cual fue aprobada mediante la Resolución de la Dirección General de
Tributos de 11 de septiembre de 2018, publicada en el D.O.E. nº 187, de 25 de septiembre de
2018.
El transcurso del período de vigencia de la citada actualización, unido tanto a la necesidad
de corrección de determinados compromisos, como a los cambios en los servicios prestados y
en su entorno, han determinado que a instancias de la Dirección General de Tributos, se
iniciasen los trabajos de una nueva actualización de la Carta de Servicios, designándose para
ello al Servicio Fiscal de Cáceres como responsable y constituyéndose un grupo de trabajo,
solicitando el asesoramiento del Servicio de Transparencia y Calidad de los Servicios.
1. DATOS IDENTIFICATIVOS DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS RECOGIDOS EN LA CARTA.
1.1. DATOS IDENTIFICATIVOS.
La Dirección General de Tributos es el órgano directivo integrado en la Vicepresidencia Primera
y Consejería de Hacienda y Administración Pública al cual, bajo la superior dirección de la
persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Presupuestos y
Financiación, le corresponden las atribuciones de dirección, impulso, gestión, liquidación,
inspección, revisión y recaudación de tributos y demás ingresos, conforme a las normas que
los regulan, estableciendo las correspondientes relaciones de cooperación entre el Estado y las
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