Servicio Extremeño De Salud. Sentencias. Ejecución. (2021064064)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 136/2021, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 125/2021.
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NÚMERO 3
Miércoles, 5 de enero de 2022

1131

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que
se dispone la ejecución de la sentencia n.º 136/2021, de 20 de septiembre,
del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada en el
procedimiento abreviado n.º 125/2021. (2021064064)
La Sentencia firme n.º 136/2021, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo n.º 2 de Mérida estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dña.
Ángela Arias Montero frente a la desestimación presunta del recurso de reposición presentado
por la recurrente frente a la Resolución de 6 de noviembre de 2020 de la Dirección Gerencia, por
la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo convocado por
Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición
de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario de Cuidados Auxiliares de
Enfermería en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
La citada sentencia condena a la Administración a baremar como mérito el trabajo desempeñado
por la recurrente en la Policlínica el Vallés entre el 26 de julio de 1982 y el 27 de julio de
2005, conforme a las bases de la convocatoria de selección de personal a la que se refieren
las presentes actuaciones.
Por todo ello, teniendo en cuenta la nueva valoración de los méritos realizada por el Tribunal
de Selección y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto
59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones
judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección
Gerencia,
RESUELVE
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 136/2021, de 20 de septiembre, del
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada en el procedimiento
abreviado n.º 125/2021, siendo el tenor literal del fallo de la misma el siguiente:
“...Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo presentado contra la
resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, declarando nula
la misma por ser contraria a derecho, condenando a la Administración a baremar como
mérito el trabajo desempeñado por la recurrente en la Policlínica el Vallés entre el 26 de
julio de 1982 y el 27 de julio de 2005, conforme a las bases de la convocatoria de selección
de personal a la que se refieren las presentes actuaciones, con imposición de costas a la
parte demandada, teniendo en cuenta el límite fijado en el cuerpo de la presente...” .