Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2021063988)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, sobre convocatoria de ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la comunidad.
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Martes, 4 de enero de 2022

rectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
Los costes indirectos habrán de imputarse por el solicitante al proyecto subvencionado en
la parte que razonablemente corresponda, de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se haya realizado la actuación o gira propuesta.
Sexto. Publicidad de la subvención.
En toda publicidad que se genere por las representaciones de los montajes y conciertos objeto
de ayuda, a partir de la publicación de la resolución de concesión, deberá hacerse constar en
lugar destacado que se trata de un espectáculo que ha obtenido una ayuda a la gira por parte
de la Junta de Extremadura.
Séptimo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de ayuda se formalizarán en los impresos normalizados que se acompaña
como Anexo I, e irán dirigidos a la Secretaria General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Las solicitudes se podrán descargar en el siguiente portal https://ciudadano.gobex.es/ en
la oficina virtual, sección trámites, buscador de trámites, texto: ayuda a la gira.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria
y del extracto de la misma previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se presentarán en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De la misma forma, la presentación de las solicitudes podrá realizarse de forma electrónica
a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf

en

los

términos

del

artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.