Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2021063943)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 2
Martes, 4 de enero de 2022

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Cuarto. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios y relacionados con
la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo establecido en el
apartado duodécimo de la presente resolución y en concreto:
a) Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino
a desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales contratados.
b) Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1 c) del Estatuto de los Trabajadores.
Quinto. Ejecución de la actividad subvencionable.
La actividad subvencionable se realizará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2022.
La duración mínima de seis meses requerida para las contrataciones de los gestores culturales, se computará desde el 1 de enero del 2022.
Sexto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatoria periódica.
Asimismo, al tratarse de ayudas de interés público y social, destinadas a fomentar el empleo cultural por igual en todas las localidades de Extremadura que cumplan con los requisitos establecidos en la presente resolución, facilitando el acceso a la cultura, en todas sus
vertientes, a los ciudadanos extremeños, mediante la dinamización, movilización y gestión
del ámbito cultural en toda la geografía de Extremadura, se procederá al prorrateo de la
cuantía máxima consignada entre todas las solicitudes admitidas y que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria .
2. Las solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de evaluación previstos en esta resolución a efectos de determinación de la cuantía.
Séptimo. Créditos y cuantía de la subvención.
1. P
 ara la financiación de la presente convocatoria se destinará la cantidad total de doscientos
sesenta mil euros (260.000 euros) que se financiará con cargo a las siguientes aplicaciones 150020000 G/273A/460.00 (Importe: 187.000 euros), y 150020000 G/273A/461.00