Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2021063937)
Extracto de la Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
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NÚMERO 2

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Martes, 2 de enero de 2022

278.669,00 euros y la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900, con código fuente
de financiación CAG0000001 y código de proyecto 20170278 “Fomento de la economía social”
por importe de 150.000,00 euros, fuente de financiación Comunidad Autónoma, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
El importe del crédito destinado a esta Línea I: subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social será de 290.000,00 euros, de los que
140.000,00 euros serán con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48900
con código fuente de financiación TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas a
la formación, difusión y fomento de la economía social”, siendo la fuente de financiación
Transferencia del Estado y 150.000 euros serán con cargo a la aplicación presupuestaria
120100000G/325A/48900, con código fuente de financiación CAG0000001 y código de proyecto 20170278 “Fomento de la economía social”, fuente de financiación Comunidad Autónoma, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 75.000,00 euros.
En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada de expediente de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por
la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura, quedando sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente
en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud podrá presentarse en los 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha
de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en la página web de la Dirección
General de Cooperativas y Economía Social: http://www.juntaex.es/con03/direccion-generalde-cooperativas-y-economia-social y se presentarán de forma electrónica a través del Registro.
Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.
es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 21 de octubre de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ