Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021064033)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Pedro García Durán, en el término municipal de Fuente del Arco. Expte.: IA20/1001.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022



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En el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido
final almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá
ser empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que
pudieran caer accidentalmente en balsas de purines, se instalarán dispositivos que
aumenten la rugosidad de la superficie de la lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en caso de deterioro ser sustituidos), y podrán consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados metálicos, o material reutilizado como cintas transportadoras de goma con rugosidades,
etc. Cada dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará al
menos una en cada lado.



• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos.
El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento
en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan
se dirijan a una balsa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de
pluviales al cubeto.



• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que
garantice el abastecimiento.



• El promotor deberá contar con las correspondientes concesiones administrativas cuyo
otorgamiento corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).



• Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión de
los mismos a los diferentes gestores autorizados.

• 
Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse las