Presidencia De La Junta. Expropiaciones. (2021040194)
Decreto 147/2021, de 29 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación por la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra, denominada "Construcción de EDAR y sustitución de emisario en Baterno (Badajoz), perteneciente al Plan Depura I (2020-2023)".
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NÚMERO 1
7
Lunes, 3 de enero de 2022
La relación de bienes y propietarios afectados fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz núm. 187, de 30 de septiembre de 2021; en El Periódico Extremadura de fecha 30
de septiembre de 2021, en el Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales (Promedio),
así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Baterno donde radican los bienes y
derechos a expropiar; asimismo, fue notificada individualmente a las personas interesadas
afectadas en el ámbito de actuación.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública se presentaron alegaciones
por la persona interesada, las cuales fueron informadas y desestimadas en forma debida,
resultando la relación definitiva de bienes, derechos y personas propietarias afectadas que
figura como Anexo a este decreto.
En fecha 27 de septiembre de 2021 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la
mencionada obra. Y el 1 de diciembre de 2021 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados
por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada “construcción de
EDAR y sustitución de emisario en Baterno (Badajoz), perteneciente al Plan Depura I (20202023)” de la Diputación de Badajoz, habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a
que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su sesión del día 29 de diciembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se
declara la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios que se han descrito en el
procedimiento de expropiación forzosa tramitado por la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, para ejecutar la obra, denominada “Construcción de EDAR y sustitución de emisario en
Baterno (Badajoz) perteneciente al Plan Depura I (2020-2023)”.
7
Lunes, 3 de enero de 2022
La relación de bienes y propietarios afectados fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz núm. 187, de 30 de septiembre de 2021; en El Periódico Extremadura de fecha 30
de septiembre de 2021, en el Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales (Promedio),
así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Baterno donde radican los bienes y
derechos a expropiar; asimismo, fue notificada individualmente a las personas interesadas
afectadas en el ámbito de actuación.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública se presentaron alegaciones
por la persona interesada, las cuales fueron informadas y desestimadas en forma debida,
resultando la relación definitiva de bienes, derechos y personas propietarias afectadas que
figura como Anexo a este decreto.
En fecha 27 de septiembre de 2021 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la
mencionada obra. Y el 1 de diciembre de 2021 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados
por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada “construcción de
EDAR y sustitución de emisario en Baterno (Badajoz), perteneciente al Plan Depura I (20202023)” de la Diputación de Badajoz, habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a
que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su sesión del día 29 de diciembre de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se
declara la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios que se han descrito en el
procedimiento de expropiación forzosa tramitado por la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, para ejecutar la obra, denominada “Construcción de EDAR y sustitución de emisario en
Baterno (Badajoz) perteneciente al Plan Depura I (2020-2023)”.