Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Personal Eventual. (2021040177)
Decreto 140/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 1
Lunes, 3 de enero de 2022

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DECRETO 140/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifica la relación
de puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura.
(2021040177)

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura,
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran, pues, como instrumento de ordenación de
las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación
periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes,
posibiliten el ejercicio de las funciones encomendadas.
El Decreto 16/2021, de 24 de marzo (DOE n.º 60, de 30 de marzo), aprobó la relación de
puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura.
Mediante Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, se modifican la denominación
y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de Extremadura, asignándose a la Presidencia de la Junta, las funciones de portavoz del Gobierno
autonómico, así como las competencias en materia de relaciones con la Asamblea, política de
comunicación y relaciones informativas que tenía asignadas la anterior Consejería de Igualdad y Portavocía, hoy Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo.
En consecuencia, resulta necesario adaptar la relación de puestos de trabajo de personal
eventual al nuevo esquema organizativo, al objeto de adecuarla a las necesidades actuales
de la organización. La presente modificación tiene dos objetivos fundamentales: el primero es
adecuar la denominación de algunos puestos de trabajo a las funciones efectivamente desempeñadas; el segundo es modificar su adscripción orgánica para asignarlos al órgano directivo
en el que van a desarrollar efectivamente sus funciones.