Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021064077)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo, de concesión directa de subvención a la Fundación Mujeres, G-80974702, para financiar itinerarios personales e integrados de acciones de orientación, asesoramiento y formación con compromiso de contratación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género, del componente 23 «nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», inversión 2 «empleo mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo».
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64645

por la entidad solicitante, habiéndose verificado que dicho Plan contiene itinerarios personales e integrados con compromiso de contratación e inserción dirigido a mujeres víctimas de
violencia género. Así mismo se ha comprobado que la solicitante se encuentra al corriente de
sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la
Seguridad Social, así como con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Tercero: En el expediente de concesión de la subvención constan los informes preceptivos
emitidos por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sobre pagos anticipados y
exención de garantías, y por el Servicio de Régimen Jurídico y Sanciones del SEXPE, sobre el
cumplimiento de los requisitos que justifican la concesión directa de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 y en el artículo 32.2, ambos de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Competencia para resolver.
La competencia para dictar la resolución de concesión directa de subvención a la FUNDACIÓN MUJERES, corresponde al Secretario General de Empleo, en ejercicio de la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, según establece el artículo 7 del Decreto
166/2019, de 29 de octubre y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 r) del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño
Público de Empleo.
Segundo. Concesión directa de subvenciones, sin convocatoria previa.
El artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la concesión en forma directa y
con carácter excepcional de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su
convocatoria pública.
El artículo 32.1 a) de dicha Ley, establece que conforme a lo previsto en el precitado artículo
22.4 c), se considerará como supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de
la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades
públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
El apartado 2 del referido artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo prevé que la concesión
de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante