Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2021063986)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas incluidas en la oferta preferente del Servicio Extremeño Público de Empleo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64581
b.2) Prácticas profesionales no laborales en empresas, efectivamente realizadas, en las
tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y 2018), en especialidades que no conduzcan a la obtención de certificado de profesionalidad, hasta 10
puntos, según el siguiente baremo:
— 0,25 puntos por cada alumno/a que haya realizado prácticas profesionales de carácter
no laboral en empresas, con un mínimo de 100 horas, en la especialidad solicitada.
No obtendrán puntuación por este criterio aquellas entidades que hayan impartido
especialidades en las que no se puedan realizar prácticas profesionales no laborales,
por depender de la realización de un examen oficial o de la obtención de un carné
profesional.
b.3) Número de alumnos formados con resultado positivo por cada entidad (NIF) en la
ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas,
hasta un máximo de 15 puntos.
Se considerarán las tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y
2018), aplicando el siguiente baremo:
• Hasta 15 personas formadas ............................................... 3 puntos.
• Entre 16 y a 30 personas formadas ...................................... 7 puntos.
• Entre 31 y a 50 personas formadas ..................................... 11 puntos.
• A partir de 51 personas formadas ........................................ 15 puntos.
C) Compromiso de contratación del alumnado formado en los términos establecidos en el artículo 78 del Decreto 97/2016, de 5 de julio, en la redacción dada por el Decreto 41/2018,
de 10 de abril: hasta 15 puntos, de acuerdo con los siguientes subcriterios:
— Por cada compromiso de contratación a jornada completa y por tiempo indefinido: 5
puntos.
— Por cada compromiso de contratación a jornada completa por plazo igual o superior a
seis meses o a media jornada por plazo igual o superior a un año: 2,5 puntos.
En caso de incumplimiento de este compromiso, se estará a lo dispuesto en el artículo 30
de la Orden de 18 de octubre de 2019.
D) Índice de inserción laboral neta del alumnado formado por el centro o entidad de formación, en las tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y 2018), en
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64581
b.2) Prácticas profesionales no laborales en empresas, efectivamente realizadas, en las
tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y 2018), en especialidades que no conduzcan a la obtención de certificado de profesionalidad, hasta 10
puntos, según el siguiente baremo:
— 0,25 puntos por cada alumno/a que haya realizado prácticas profesionales de carácter
no laboral en empresas, con un mínimo de 100 horas, en la especialidad solicitada.
No obtendrán puntuación por este criterio aquellas entidades que hayan impartido
especialidades en las que no se puedan realizar prácticas profesionales no laborales,
por depender de la realización de un examen oficial o de la obtención de un carné
profesional.
b.3) Número de alumnos formados con resultado positivo por cada entidad (NIF) en la
ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas,
hasta un máximo de 15 puntos.
Se considerarán las tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y
2018), aplicando el siguiente baremo:
• Hasta 15 personas formadas ............................................... 3 puntos.
• Entre 16 y a 30 personas formadas ...................................... 7 puntos.
• Entre 31 y a 50 personas formadas ..................................... 11 puntos.
• A partir de 51 personas formadas ........................................ 15 puntos.
C) Compromiso de contratación del alumnado formado en los términos establecidos en el artículo 78 del Decreto 97/2016, de 5 de julio, en la redacción dada por el Decreto 41/2018,
de 10 de abril: hasta 15 puntos, de acuerdo con los siguientes subcriterios:
— Por cada compromiso de contratación a jornada completa y por tiempo indefinido: 5
puntos.
— Por cada compromiso de contratación a jornada completa por plazo igual o superior a
seis meses o a media jornada por plazo igual o superior a un año: 2,5 puntos.
En caso de incumplimiento de este compromiso, se estará a lo dispuesto en el artículo 30
de la Orden de 18 de octubre de 2019.
D) Índice de inserción laboral neta del alumnado formado por el centro o entidad de formación, en las tres últimas convocatorias con datos consolidados (2016, 2017 y 2018), en