Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2021064067)
Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria 2022 de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas incluidas en la oferta preferente del SEXPE dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64619

EXTRACTO de la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria 2022 de subvenciones
destinadas a la realización de acciones formativas incluidas en la oferta
preferente del SEXPE dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
(2021064067)

BDNS(Identif.):603148
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria 2022 de subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas incluidas
en la oferta preferente del Servicio Extremeño Público de Empleo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
Segundo. Beneficiarios.
1. P
 odrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades de formación, que se encuentren acreditadas y/o inscritas, a fecha de publicación de la convocatoria, en el correspondiente registro de Entidades de Formación, para las especialidades formativas objeto de la
formación y con presencia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiendo disponer en dicho ámbito territorial de instalaciones debidamente acreditadas y/o inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.
A efectos de lo anterior, las entidades de formación solicitantes deberán demostrar, a fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria,
la disponibilidad de instalaciones acreditadas y/o inscritas en el Registro de Entidades de
Formación profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de entidades que no sean titulares jurídicos de la acreditación y/o inscripción en
el citado Registro, la justificación de la disponibilidad de las instalaciones acreditadas y/o
inscritas deberá realizarse mediante la aportación, junto con la solicitud de subvención,
del correspondiente acuerdo, contrato o precontrato de disponibilidad formalizado con el
titular jurídico de la acreditación y/o inscripción de las instalaciones.
Igualmente, las entidades solicitantes podrán justificar la disponibilidad de instalaciones
que se encuentran en trámite de acreditación y/o inscripción en el Registro de Entidades de