Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040199)
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64383
4. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, y se
ajustará a lo dispuesto en las bases reguladoras establecidas en el presente decreto y a la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General,
de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II, dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración Autonómica, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación
complementaria a que se hace referencia en el anexo I para cada línea de ayuda, además de
la siguiente documentación en formato electrónico con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.
b) Certificación documental que acredite la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente
por parte de la Entidad Local, en orden a sufragar la parte no subvencionable de la inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante de no haber obtenido o de no estar en condiciones de obtener, ninguna otra ayuda para la ejecución del mismo proyecto.
d)
Declaración responsable del solicitante de no haberse realizado las inversiones con
anterioridad.
e) D
eclaración responsable, del beneficiario relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto
de gestión, de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo II de este Decreto.
f) Declaración responsable del resultado del Test de Autoevaluación y Riesgo conforme a
los criterios establecidos en el Anexos II de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE 234. 30 de Septiembre de 2021).
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64383
4. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, y se
ajustará a lo dispuesto en las bases reguladoras establecidas en el presente decreto y a la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General,
de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II, dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración Autonómica, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación
complementaria a que se hace referencia en el anexo I para cada línea de ayuda, además de
la siguiente documentación en formato electrónico con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.
b) Certificación documental que acredite la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente
por parte de la Entidad Local, en orden a sufragar la parte no subvencionable de la inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante de no haber obtenido o de no estar en condiciones de obtener, ninguna otra ayuda para la ejecución del mismo proyecto.
d)
Declaración responsable del solicitante de no haberse realizado las inversiones con
anterioridad.
e) D
eclaración responsable, del beneficiario relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto
de gestión, de acuerdo con el modelo previsto en el Anexo II de este Decreto.
f) Declaración responsable del resultado del Test de Autoevaluación y Riesgo conforme a
los criterios establecidos en el Anexos II de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE 234. 30 de Septiembre de 2021).