Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64330
NOTAS:
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de
características similares.
Se deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
Los pagos de facturas de importe superior a 1.000 euros, deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés etc.) y su correspondiente justificación de cargo en
cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo
en cuenta, etc).
Los pagos de facturas de importe inferior a 1.000 euros, podrán justificarse, además de la manera indicada en
el párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el
importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
Viernes, 31 de diciembre de 2021
64330
NOTAS:
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de
características similares.
Se deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
Los pagos de facturas de importe superior a 1.000 euros, deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés etc.) y su correspondiente justificación de cargo en
cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo
en cuenta, etc).
Los pagos de facturas de importe inferior a 1.000 euros, podrán justificarse, además de la manera indicada en
el párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el
importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.