Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2021040198)
Decreto 150/2021, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 251
Viernes, 31 de diciembre de 2021

64322

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 206/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, le
facilitamos la siguiente información:
Responsable del tratamiento:
Junta de Extremadura: Consejera de Cultura, Turismo y Deportes. Secretaría General de Cultura
Dirección: Avda. Valhondo, S/N Edif. III Milenio, Módulo 4 2ª Planta, 06800 Mérida, Badajoz
Teléfono: 924007419
Delegado de Protección de datos: dpd@juntaex.es
Finalidad del tratamiento:
Sus datos serán tratados con las siguientes finalidades: gestión y resolución de las ayudas.
Conservación de los datos:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar
las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de
aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Licitud y base jurídica del tratamiento:
La base legal para los tratamientos indicados es el artículo 6.1 c) del Reglamento general de protección de datos
(RGPD), tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento,
en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Destinatarios:
Los datos podrán ser transferidos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo
consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que
determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.