Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021064053)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), por la que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar el Programa de Reducción de la Brecha Digital de Género en el Ámbito Rural enmarcado dentro de la inversión I3 "Mejora de las Capacidades Digitales para Personas Desempleadas para Impulsar el Emprendimiento y el Desarrollo Rural y Reducir la Brecha de Género incluida en el Componente 19" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62980
Cuarta. Periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables.
1. E
l período de ejecución de las actuaciones subvencionables comprenderá desde desde el 1
de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.
2. L
a entidad beneficiaria está sujeta a desarrollar las actuaciones objeto de subvención de
conformidad al plan de actuaciones presentado junto a la solicitud de subvención y autorizado por el SEXPE.
Quinta. Cuantía y financiación de la ayuda.
La cuantía de la subvención correspondiente a los ejercicios 2022-2023 asciende a seis millones ciento treinta ocho mil cuatrocientos setenta y un euros (6.138.471,00 €), que es el importe total del crédito autorizado. A dicho crédito, designado en las posiciones presupuestarias
130080000G/242B/48900/ FONDO: MR07C19I03, al proyecto de gastos 20220085 “Mejora
de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento”,
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, se imputará la cuantía otorgada.
Como quiera que el crédito presupuestario que ampara la concesión es un crédito del capítulo 4, ”Transferencias corrientes” y del “Programa 242B, no podrán aplicarse los gastos de
distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho crédito
conforme a la dispuesto en la Orden TES/897/2021, de agosto, por la que se distribuyen
Jueves 30 de diciembre de 2021
62980
Cuarta. Periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables.
1. E
l período de ejecución de las actuaciones subvencionables comprenderá desde desde el 1
de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.
2. L
a entidad beneficiaria está sujeta a desarrollar las actuaciones objeto de subvención de
conformidad al plan de actuaciones presentado junto a la solicitud de subvención y autorizado por el SEXPE.
Quinta. Cuantía y financiación de la ayuda.
La cuantía de la subvención correspondiente a los ejercicios 2022-2023 asciende a seis millones ciento treinta ocho mil cuatrocientos setenta y un euros (6.138.471,00 €), que es el importe total del crédito autorizado. A dicho crédito, designado en las posiciones presupuestarias
130080000G/242B/48900/ FONDO: MR07C19I03, al proyecto de gastos 20220085 “Mejora
de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento”,
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, se imputará la cuantía otorgada.
Como quiera que el crédito presupuestario que ampara la concesión es un crédito del capítulo 4, ”Transferencias corrientes” y del “Programa 242B, no podrán aplicarse los gastos de
distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho crédito
conforme a la dispuesto en la Orden TES/897/2021, de agosto, por la que se distribuyen