Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2021063978)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades Equivalentes).
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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2. L
 a Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de los aspirantes las
aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
3. L
 os actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en
los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas.
4. A
 efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de valoración
queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
RESOLUCIÓN
Novena. 1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la
finalización de presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen del interesado al que se le adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad, grupo,
nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de servicio activo.
2. L
 a resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración
y a los participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento, como
fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
3. La resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
TOMA DE POSESIÓN
Décima. 1. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.