Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021064032)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por Kermit Invest 2003, SL, de la Resolución concedida con fecha 22 de junio de 2006, por la que se otorgó autorización ambiental integrada para explotación porcina en régimen intensivo.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
63095
La empresa dispondrá de un Sistema de Gestión Ambiental que consistirá en un documento
firmado por técnico competente y el propietario de la instalación, que deberá desarrollar los
puntos descritos para esta MTD en la Decisión de Ejecución 2017/302/UE y deberá estar implantado en la granja.
1.2. B
uenas prácticas ambientales
MTD 2. Para evitar o reducir el impacto ambiental y mejorar el comportamiento global, la MTD
consiste en utilizar las siguientes técnicas:
a. Ubicación adecuada de la nave/explotación y disposición espacial de las actividades.
b. E
ducar y formar al personal. La empresa deberá contar con documentación que acredite
la formación del personal. Este requisito quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
c. Establecer un plan de emergencia para hacer frente a emisiones e incidentes imprevistos, como la contaminación de masas de agua. La empresa deberá contar con un plan
de emergencia suscrito por técnico competente y por el titular de la instalación que desarrolle los puntos del apartado presente de la MTD2. Este requisito quedará integrado
dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
d. C
omprobar periódicamente, reparar y mantener equipos y estructuras. La empresa
deberá justificar mediante la implantación de un registro que contemple al menos el
almacenamiento y transporte de purines y estiércoles, las conducciones de purines, los
equipos de limpieza y desinfección, los equipos de transporte de pienso y reparto de
agua y las arquetas de tuberías de purines. La periodicidad de las comprobaciones no
podrá ser superior a un año. Este requisito quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
e. Almacenar los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones. Los
subproductos animales se almacenarán en contenedores estancos con tapadera, fuera
del recinto de la explotación. El almacenamiento deberá cumplir los requisitos que establece la normativa referente a SANDACH.
1.3. G
estión nutricional
MTD 3. Para reducir el nitrógeno total excretado y, por ende, las emisiones de amoniaco, satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, la MTD consiste en
utilizar una estrategia de alimentación y una formulación del pienso que incluyan las técnicas
indicadas a continuación:
b. A
limentación multifases con una formulación del pienso adaptada a las necesidades
específicas del período productivo. El pienso suministrado es distinto en función del pe-
Jueves 30 de diciembre de 2021
63095
La empresa dispondrá de un Sistema de Gestión Ambiental que consistirá en un documento
firmado por técnico competente y el propietario de la instalación, que deberá desarrollar los
puntos descritos para esta MTD en la Decisión de Ejecución 2017/302/UE y deberá estar implantado en la granja.
1.2. B
uenas prácticas ambientales
MTD 2. Para evitar o reducir el impacto ambiental y mejorar el comportamiento global, la MTD
consiste en utilizar las siguientes técnicas:
a. Ubicación adecuada de la nave/explotación y disposición espacial de las actividades.
b. E
ducar y formar al personal. La empresa deberá contar con documentación que acredite
la formación del personal. Este requisito quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
c. Establecer un plan de emergencia para hacer frente a emisiones e incidentes imprevistos, como la contaminación de masas de agua. La empresa deberá contar con un plan
de emergencia suscrito por técnico competente y por el titular de la instalación que desarrolle los puntos del apartado presente de la MTD2. Este requisito quedará integrado
dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
d. C
omprobar periódicamente, reparar y mantener equipos y estructuras. La empresa
deberá justificar mediante la implantación de un registro que contemple al menos el
almacenamiento y transporte de purines y estiércoles, las conducciones de purines, los
equipos de limpieza y desinfección, los equipos de transporte de pienso y reparto de
agua y las arquetas de tuberías de purines. La periodicidad de las comprobaciones no
podrá ser superior a un año. Este requisito quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
e. Almacenar los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones. Los
subproductos animales se almacenarán en contenedores estancos con tapadera, fuera
del recinto de la explotación. El almacenamiento deberá cumplir los requisitos que establece la normativa referente a SANDACH.
1.3. G
estión nutricional
MTD 3. Para reducir el nitrógeno total excretado y, por ende, las emisiones de amoniaco, satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, la MTD consiste en
utilizar una estrategia de alimentación y una formulación del pienso que incluyan las técnicas
indicadas a continuación:
b. A
limentación multifases con una formulación del pienso adaptada a las necesidades
específicas del período productivo. El pienso suministrado es distinto en función del pe-