Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040190)
Extracto de la primera convocatoria de la Línea 2 del Programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas", establecida en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 250

62917

Jueves 30 de diciembre de 2021

Del presupuesto de la convocatoria, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas para
esta Inversión relativas a su etiquetado climático, que se corresponde con el campo de intervención “047 Apoyo a procesos de producción respetuosos con el medio ambiente y eficiencia en el uso de recursos en las pymes” del anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y a su etiquetado digital, que
se corresponde con el campo de intervención “100 Apoyo al trabajo por cuenta propia y a
la creación de empresas” del anexo VII del mismo Reglamento, los fondos disponibles paras
estas subvenciones contribuirán al 100 % tanto para facilitar la transición de las actividades
de las entidades beneficiarias hacia la economía verde como para su transformación digital.
Quinto. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del referido decreto.
Se resolverá la concesión de subvenciones por orden de presentación de solicitudes, una vez
realizadas las comprobaciones de concurrencia de los requisitos para considerarla subvencionable, hasta el agotamiento de crédito asignado en la convocatoria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes
por las entidades interesadas será desde el 1 de marzo de 2022 hasta el 28 de febrero de
2023.
Séptimo. Otros datos.
Las solicitudes de subvenciones se suscribirán por las personas que ostenten la representación
de las entidades promotoras mediante el modelo normalizado que se establece como anexo del
decreto de bases reguladoras, que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda a través del
Portal de Ciudadano de la Junta de Extremadura.
Mérida, 22 de diciembre de 2021.
El Secretario General del SEXPE
(P.D. Res. de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre)
VICTOR MANUEL GARCÍA VEGA