Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62712
12º. S
i la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de otras
políticas activas de empleo distintas de las del artículo 56.1 a), b) y c) del presente
decreto: 2 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
13º. A
efectos de valoración de este criterio y con el objeto de dar oportunidades a las
entidades sin experiencia previa, frente a las entidades cuyos resultados no hayan
sido positivos, en el caso que la entidad no hubiera ejecutado ningún proyecto en
el periodo de referencia o la suma de proyectos ejecutados sea inferior a 10 puntos: 10 puntos.
Si algún proyecto ha sido cofinanciado por entidades públicas y privadas simultáneamente, se tendrá en cuenta el tipo de entidad, a efectos de puntuación, que haya cofinanciado en mayor proporción. Si la cofinanciación otorgada por entidades públicas y
privadas es igual, se entenderá cofinanciado por entidades públicas.
Así mismo, si un proyecto ha tenido personas usuarias en la CA de Extremadura y también fuera de ella, se tendrá en cuenta a efectos de puntuación, si hay más personas
usuarias en la CA de Extremadura o fuera de ella, siendo este el criterio para valorar.
En caso de que el número de personas usuarias sea el mismo dentro y fuera de la CA
de Extremadura, se considerará a efectos de puntuación, que el proyecto se ha desarrollado en Extremadura.
b) Resultados cuantitativos de los objetivos en relación a proyectos subvencionados para
desarrollo de políticas sociales realizados por la entidad solicitante, que hayan finalizado
previamente a la publicación de la convocatoria e iniciados en los tres últimos ejercicios
anteriores al año de la convocatoria, siempre que se hayan cumplido los objetivos previstos en lo referente a atención a personas usuarias y así se certifique o informe por el
órgano concedente.
Su acreditación se realizará mediante certificación o informe de los distintos órganos
concedentes: Máximo 60 puntos:
1º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público: 20 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
2º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado: 10 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
Jueves 30 de diciembre de 2021
62712
12º. S
i la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de otras
políticas activas de empleo distintas de las del artículo 56.1 a), b) y c) del presente
decreto: 2 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
13º. A
efectos de valoración de este criterio y con el objeto de dar oportunidades a las
entidades sin experiencia previa, frente a las entidades cuyos resultados no hayan
sido positivos, en el caso que la entidad no hubiera ejecutado ningún proyecto en
el periodo de referencia o la suma de proyectos ejecutados sea inferior a 10 puntos: 10 puntos.
Si algún proyecto ha sido cofinanciado por entidades públicas y privadas simultáneamente, se tendrá en cuenta el tipo de entidad, a efectos de puntuación, que haya cofinanciado en mayor proporción. Si la cofinanciación otorgada por entidades públicas y
privadas es igual, se entenderá cofinanciado por entidades públicas.
Así mismo, si un proyecto ha tenido personas usuarias en la CA de Extremadura y también fuera de ella, se tendrá en cuenta a efectos de puntuación, si hay más personas
usuarias en la CA de Extremadura o fuera de ella, siendo este el criterio para valorar.
En caso de que el número de personas usuarias sea el mismo dentro y fuera de la CA
de Extremadura, se considerará a efectos de puntuación, que el proyecto se ha desarrollado en Extremadura.
b) Resultados cuantitativos de los objetivos en relación a proyectos subvencionados para
desarrollo de políticas sociales realizados por la entidad solicitante, que hayan finalizado
previamente a la publicación de la convocatoria e iniciados en los tres últimos ejercicios
anteriores al año de la convocatoria, siempre que se hayan cumplido los objetivos previstos en lo referente a atención a personas usuarias y así se certifique o informe por el
órgano concedente.
Su acreditación se realizará mediante certificación o informe de los distintos órganos
concedentes: Máximo 60 puntos:
1º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo público: 20 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
2º. S
i la actuación se desarrolló en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo
cofinanciada por un organismo privado: 10 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.