Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0095)
Acuerdo de 25 de noviembre de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual del Plan General Municipal de Puebla de la Calzada, para hacer compatibles los usos "AA-3 cultivos y explotación de vegetales no tradicionales" y "AG-3 las explotaciones no tradicionales" con los usos permitidos en el suelo urbano de uso industrial, e incluirlos en las ordenanzas edificatorias de suelo urbano "IV industrial en hilera IH" y "V industrial aislada".
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NÚMERO 250
63047
Jueves 30 de diciembre de 2021
4. E
l uso Industrial será compatible con usos Agroganaderos pormenorizados en las siguientes situaciones:
— Explotaciones agrícolas
AA-3
1, 2,
— Ganadería
AG-1
1, 2,
AG-3
1, 2,
5. E
l uso Industrial será compatible con usos Residenciales pormenorizados en las siguientes
situaciones:
Unifamiliar
1, 2 (vinculada a la in-
dustria)
Artículo 5.2.4.5. ORDENANZA QUINTA V Industrial Aislada IA
Corresponde a la edificación aislada con uso exclusivo industrial, normalmente situada en
suelo urbano y suelo urbanizable, que mediante la ejecución del planeamiento previsto lleguen a desarrollarse con este uso y tipología edificatoria. También será la habitual en suelo
no urbanizable para aquellas actividades industriales que por sus características no tolerables,
de acuerdo con el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, o
por las proporciones en cuanto a superficie de parcela precisa o volumen de la edificación,
deben emplazarse alejadas de las zonas residenciales y sean incompatibles con otros usos o
la funcionalidad en polígonos de suelo urbano o urbanizable. Serán asimilables a este tipo de
edificación las construcciones de apoyo a explotaciones agroganaderas.
PARÁMETROS
Tipología: Industrial Aislada, indicadas en el plano OD2, como IA y trama indicativa de la
tipología.
• Parcela Mínima:
Superficie Mínima: 800 m2
Frente Parcela Mínima: 20 m
Fondo de Parcela Mínima: 30 m
63047
Jueves 30 de diciembre de 2021
4. E
l uso Industrial será compatible con usos Agroganaderos pormenorizados en las siguientes situaciones:
— Explotaciones agrícolas
AA-3
1, 2,
— Ganadería
AG-1
1, 2,
AG-3
1, 2,
5. E
l uso Industrial será compatible con usos Residenciales pormenorizados en las siguientes
situaciones:
Unifamiliar
1, 2 (vinculada a la in-
dustria)
Artículo 5.2.4.5. ORDENANZA QUINTA V Industrial Aislada IA
Corresponde a la edificación aislada con uso exclusivo industrial, normalmente situada en
suelo urbano y suelo urbanizable, que mediante la ejecución del planeamiento previsto lleguen a desarrollarse con este uso y tipología edificatoria. También será la habitual en suelo
no urbanizable para aquellas actividades industriales que por sus características no tolerables,
de acuerdo con el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, o
por las proporciones en cuanto a superficie de parcela precisa o volumen de la edificación,
deben emplazarse alejadas de las zonas residenciales y sean incompatibles con otros usos o
la funcionalidad en polígonos de suelo urbano o urbanizable. Serán asimilables a este tipo de
edificación las construcciones de apoyo a explotaciones agroganaderas.
PARÁMETROS
Tipología: Industrial Aislada, indicadas en el plano OD2, como IA y trama indicativa de la
tipología.
• Parcela Mínima:
Superficie Mínima: 800 m2
Frente Parcela Mínima: 20 m
Fondo de Parcela Mínima: 30 m