Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063967)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Manuel Serrano Fernández, en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz).
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62593
El área de implantación no presenta afecciones directas al patrimonio arqueológico o
etnográfico presente en la Carta Arqueológica.
3.2.2. A
lternativas al proyecto.
El documento ambiental plantea alternativas para la instalación de la explotación ganadera:
Alternativas de la explotación
• Alternativa cero (descartada): Esta opción sería llevar a cabo en la parte de la finca
en la que ubica la explotación, una actividad agrícola, dedicada al cultivo de olivar de
secano, desistiendo de la actividad ganadera como explotación porcina. Técnicamente se podría llevar a cabo, pero desde el punto de vista económico, se multiplica la
rentabilidad, ya que la productividad del olivar teniendo en cuenta el tipo de suelo, es
muy baja. En resumen, la alternativa cero, supondría renunciar a un desarrollo en la
localidad y en la comarca, ya que se crearían una serie de puestos de trabajo directos
e indirectos, tanto en la fase de construcción como la fase de funcionamiento de la
explotación.
Además se han tenido en cuenta 3 alternativas más:
• La alternativa 1 que es objeto del proyecto consiste en la instalación de la explotación en la ubicación propuesta. En esta ubicación se respeta la normativa urbanística, medioambiental y de distancias a cursos y puntos de agua, así como favorecer
la operatividad en el trabajo diario por su distancia a los accesos de la finca.
• La alternativa 2, consistiría en ubicar la instalación en una finca distinta, a pesar de
ser ambientalmente viable, es menos apta ya que supondría gastos en la adquisición de una nueva propiedad, sin garantías de que en la finca adquirida la instalación de la explotación fuera más viable desde el punto de vista medioambiental.
• La alternativa 3, consistiría en ejecutar nuevas instalaciones para la explotación
pretendida, en otra ubicación dentro de la finca, lo que causaría mayor impacto,
además de resultar inviable desde el punto de vista urbanístico.
Por tanto, finalmente la alternativa seleccionada es la alternativa 1 al ser la más viable
a nivel técnico, a nivel ambiental, a nivel de usos del suelo y de propiedad, sin sobreafecciones ambientales por la ejecución de la explotación proyectada.
3.3. C
aracterísticas del potencial impacto.
• Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62593
El área de implantación no presenta afecciones directas al patrimonio arqueológico o
etnográfico presente en la Carta Arqueológica.
3.2.2. A
lternativas al proyecto.
El documento ambiental plantea alternativas para la instalación de la explotación ganadera:
Alternativas de la explotación
• Alternativa cero (descartada): Esta opción sería llevar a cabo en la parte de la finca
en la que ubica la explotación, una actividad agrícola, dedicada al cultivo de olivar de
secano, desistiendo de la actividad ganadera como explotación porcina. Técnicamente se podría llevar a cabo, pero desde el punto de vista económico, se multiplica la
rentabilidad, ya que la productividad del olivar teniendo en cuenta el tipo de suelo, es
muy baja. En resumen, la alternativa cero, supondría renunciar a un desarrollo en la
localidad y en la comarca, ya que se crearían una serie de puestos de trabajo directos
e indirectos, tanto en la fase de construcción como la fase de funcionamiento de la
explotación.
Además se han tenido en cuenta 3 alternativas más:
• La alternativa 1 que es objeto del proyecto consiste en la instalación de la explotación en la ubicación propuesta. En esta ubicación se respeta la normativa urbanística, medioambiental y de distancias a cursos y puntos de agua, así como favorecer
la operatividad en el trabajo diario por su distancia a los accesos de la finca.
• La alternativa 2, consistiría en ubicar la instalación en una finca distinta, a pesar de
ser ambientalmente viable, es menos apta ya que supondría gastos en la adquisición de una nueva propiedad, sin garantías de que en la finca adquirida la instalación de la explotación fuera más viable desde el punto de vista medioambiental.
• La alternativa 3, consistiría en ejecutar nuevas instalaciones para la explotación
pretendida, en otra ubicación dentro de la finca, lo que causaría mayor impacto,
además de resultar inviable desde el punto de vista urbanístico.
Por tanto, finalmente la alternativa seleccionada es la alternativa 1 al ser la más viable
a nivel técnico, a nivel ambiental, a nivel de usos del suelo y de propiedad, sin sobreafecciones ambientales por la ejecución de la explotación proyectada.
3.3. C
aracterísticas del potencial impacto.
• Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.