Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2021040186)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución de los créditos de la convocatoria de las ayudas para la realización de actividades de investigación y desarrollo tecnológico, de divulgación y transferencia de conocimiento por los grupos de investigación de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de 2021.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62314
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44108/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44401/20150260/FD14010203: 112.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44403/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44405/20150260/FD14010203: 75.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44500/20150260/FD14010203: 3.375.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44900/20150260/FD14010203: 112.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/46200/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
— Para la anualidad 2023:
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/40100/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44105/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44108/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44401/20150260/FD14010203: 37.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44403/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44405/20150260/FD14010203: 25.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44500/20150260/FD14010203: 1.125.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44900/20150260/FD14010203: 37.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/46200/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Una vez revisadas todas las solicitudes presentadas y previo a la resolución de concesión y
para dar cumplimiento al artículo 39 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, es necesario realizar
una modificación de la distribución de los créditos entre las aplicaciones presupuestarias para
atender las solicitudes financiables, esto es, solicitudes que cumplen los requisitos para ser
financiadas en cada centro.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos
y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista exige la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la
convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62314
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44108/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44401/20150260/FD14010203: 112.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44403/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44405/20150260/FD14010203: 75.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44500/20150260/FD14010203: 3.375.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44900/20150260/FD14010203: 112.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/46200/20150260/FD14010203: 15.000,00 €
— Para la anualidad 2023:
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/40100/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44105/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44108/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44401/20150260/FD14010203: 37.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44403/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44405/20150260/FD14010203: 25.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44500/20150260/FD14010203: 1.125.000,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/44900/20150260/FD14010203: 37.500,00 €
Aplicación Presupuestaria 140020000/G/331B/46200/20150260/FD14010203: 5.000,00 €
Una vez revisadas todas las solicitudes presentadas y previo a la resolución de concesión y
para dar cumplimiento al artículo 39 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, es necesario realizar
una modificación de la distribución de los créditos entre las aplicaciones presupuestarias para
atender las solicitudes financiables, esto es, solicitudes que cumplen los requisitos para ser
financiadas en cada centro.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos
y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista exige la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la
convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.