Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas. (2021040184)
Decreto 146/2021, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU) y, se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62221
recuperación económica resiliente, sostenible y digital, en consonancia con los objetivos de
los compromisos medioambientales y climáticos de la Unión Europea y con las nuevas ambiciones establecidas en el Pacto Verde Europeo.
El Reglamento (UE) 2020/2220, añade un nuevo artículo 58 bis al Reglamento 1305/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, con objeto de establecer
los recursos para la recuperación del sector agrícola y las zonas rurales de la Unión debido al
COVID-19, y además, inserta una nueva letra e) bis al artículo 59.4, con objeto de indicar que
la financiación de las operaciones financiadas a partir de recursos adicionales establecidos en
el artículo 58 bis, apartado 1, es del 100% con cargo al FEADER.
A través del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, submedida 4.2.1
“Apoyo a las inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas y del algodón. EURI”, se pretende alcanzar los objetivos señalados anteriormente, lo
que redundará en un impulso del sector agroindustrial. Actualmente, se encuentra pendiente
de aprobación la propuesta de modificación del PDR de Extremadura presentada a la Comisión el 30 de julio de 2021 (SFC2014), de conformidad con el apartado 1 del artículo 30 del
Reglamento (UE) n.º 1303/2013 y el apartado a) del artículo 11 del Reglamento (UE) n.º
1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo.
La industria agraria y alimentaria representa una de las principales actividades económicas de
Extremadura. El sistema agroindustrial favorece el desarrollo de las regiones agrarias por su
importancia en la generación de empleo y por el incremento del valor añadido que impone a
los productos agrarios. El sector agroalimentario es uno de los sectores más comprometidos
y así se ha evidenciado durante esta crisis sanitaria del COVID-19.
Se considera, por tanto, necesario continuar apoyando a este sector para conseguir desarrollar al máximo sus potencialidades, contribuyendo así al desarrollo de la Región, reforzando el
crecimiento sostenible y el empleo.
La principal novedad de esta submedida, es la posibilidad de implementar una ayuda destinada a las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de los productos del
Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, exceptuando los productos de la
pesca y acuicultura, que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura que
estén encuadradas dentro de los objetivos del Instrumento de Recuperación, orientadas a una
recuperación de la actividad económica resiliente, sostenible y digital.
Estas ayudas quedan condicionadas a la aprobación definitiva de las propuestas de modificación del PDR presentadas para esta medida.
Por otra parte, y con el objeto de mejorar la gestión de los fondos europeos, la Comunidad
Autónoma, aprueba el -Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62221
recuperación económica resiliente, sostenible y digital, en consonancia con los objetivos de
los compromisos medioambientales y climáticos de la Unión Europea y con las nuevas ambiciones establecidas en el Pacto Verde Europeo.
El Reglamento (UE) 2020/2220, añade un nuevo artículo 58 bis al Reglamento 1305/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, con objeto de establecer
los recursos para la recuperación del sector agrícola y las zonas rurales de la Unión debido al
COVID-19, y además, inserta una nueva letra e) bis al artículo 59.4, con objeto de indicar que
la financiación de las operaciones financiadas a partir de recursos adicionales establecidos en
el artículo 58 bis, apartado 1, es del 100% con cargo al FEADER.
A través del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, submedida 4.2.1
“Apoyo a las inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas y del algodón. EURI”, se pretende alcanzar los objetivos señalados anteriormente, lo
que redundará en un impulso del sector agroindustrial. Actualmente, se encuentra pendiente
de aprobación la propuesta de modificación del PDR de Extremadura presentada a la Comisión el 30 de julio de 2021 (SFC2014), de conformidad con el apartado 1 del artículo 30 del
Reglamento (UE) n.º 1303/2013 y el apartado a) del artículo 11 del Reglamento (UE) n.º
1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo.
La industria agraria y alimentaria representa una de las principales actividades económicas de
Extremadura. El sistema agroindustrial favorece el desarrollo de las regiones agrarias por su
importancia en la generación de empleo y por el incremento del valor añadido que impone a
los productos agrarios. El sector agroalimentario es uno de los sectores más comprometidos
y así se ha evidenciado durante esta crisis sanitaria del COVID-19.
Se considera, por tanto, necesario continuar apoyando a este sector para conseguir desarrollar al máximo sus potencialidades, contribuyendo así al desarrollo de la Región, reforzando el
crecimiento sostenible y el empleo.
La principal novedad de esta submedida, es la posibilidad de implementar una ayuda destinada a las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de los productos del
Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, exceptuando los productos de la
pesca y acuicultura, que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura que
estén encuadradas dentro de los objetivos del Instrumento de Recuperación, orientadas a una
recuperación de la actividad económica resiliente, sostenible y digital.
Estas ayudas quedan condicionadas a la aprobación definitiva de las propuestas de modificación del PDR presentadas para esta medida.
Por otra parte, y con el objeto de mejorar la gestión de los fondos europeos, la Comunidad
Autónoma, aprueba el -Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización