Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
<< 29 << Página 29
Página 30 Pág. 30
-
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

62188

2. Para cada programa de doctorado, existirá una Comisión de Calidad cuya composición y
funciones serán las recogidas en la Normativa que regule la Organización y el Funcionamiento de las Comisiones de Calidad de Titulación de la UEx.
Artículo 48. Código de Buenas Prácticas.
La EDUEx contará con un “código de buenas prácticas” para la gestión y supervisión de todas
las actividades y de todos los agentes implicados en los Programas de Doctorado
Disposición adicional única.
Se faculta a la Dirección de la EDUEx para dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Normativa.
Las Resoluciones de quienes coordinen las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado serán recurribles en alzada ante el Rector o Rectora, previo informe del órgano competente que establezca el Reglamento de Régimen Interno de la EDUEx.
Las Resoluciones de la Dirección de la EDUEx serán recurribles en alzada ante el Rector o
Rectora.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas las Normas Reguladoras de los Estudios del Tercer Ciclo y del Título de
Doctor de la Universidad de Extremadura vigentes hasta la fecha, así como cualquier otra
norma de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente texto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.

•••