Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021
62185
Artículo 43. Mención Internacional.
Con carácter previo a la solicitud de admisión a trámite de la Tesis doctoral, cada estudiante
podrá solicitar la concesión de la Mención de Doctorado Internacional, a efectos de que el Título de Doctor pueda incluir en su anverso la mención “Doctorado internacional”, siempre que
concurran las siguientes circunstancias:
a. Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del doctorado, haya
realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando
trabajos de investigación relacionados con la Tesis. La estancia y las actividades han
de ser avaladas por la persona responsable de la dirección de la tesis y autorizadas por
la Comisión Académica del Programa de Doctorado, incorporándose al documento de
actividades del doctorando debiendo acreditarse por la persona responsable del grupo
de investigación del organismo donde se haya realizado.
b. Q
ue la estancia se realice fuera del país de residencia y/o Centro de trabajo de cada
estudiante de doctorado.
c. Que parte de la Tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea defendida en una de las lenguas habituales para la comunicación científica,
distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
d. Q
ue la Tesis doctoral haya sido informada por un mínimo de dos expertos Doctores pertenecientes a alguna institución de Educación Superior o instituto de investigación no
española diferente al que se haya realizado la estancia.
e. Que al menos una persona experta, distinta a las mencionadas en el punto anterior,
perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no
española, con el Título de Doctor, y distinta de la persona responsable de la estancia
mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la Tesis
doctoral.
f. Q
ue la Tesis doctoral sea defendida en la UEx. No obstante lo anterior, en el caso de Programas de Doctorado conjuntos o en Tesis en régimen de cotutela, la defensa se llevará
a cabo en los términos que identifiquen los convenios de colaboración.
Martes, 28 de diciembre de 2021
62185
Artículo 43. Mención Internacional.
Con carácter previo a la solicitud de admisión a trámite de la Tesis doctoral, cada estudiante
podrá solicitar la concesión de la Mención de Doctorado Internacional, a efectos de que el Título de Doctor pueda incluir en su anverso la mención “Doctorado internacional”, siempre que
concurran las siguientes circunstancias:
a. Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del doctorado, haya
realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando
trabajos de investigación relacionados con la Tesis. La estancia y las actividades han
de ser avaladas por la persona responsable de la dirección de la tesis y autorizadas por
la Comisión Académica del Programa de Doctorado, incorporándose al documento de
actividades del doctorando debiendo acreditarse por la persona responsable del grupo
de investigación del organismo donde se haya realizado.
b. Q
ue la estancia se realice fuera del país de residencia y/o Centro de trabajo de cada
estudiante de doctorado.
c. Que parte de la Tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea defendida en una de las lenguas habituales para la comunicación científica,
distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
d. Q
ue la Tesis doctoral haya sido informada por un mínimo de dos expertos Doctores pertenecientes a alguna institución de Educación Superior o instituto de investigación no
española diferente al que se haya realizado la estancia.
e. Que al menos una persona experta, distinta a las mencionadas en el punto anterior,
perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no
española, con el Título de Doctor, y distinta de la persona responsable de la estancia
mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la Tesis
doctoral.
f. Q
ue la Tesis doctoral sea defendida en la UEx. No obstante lo anterior, en el caso de Programas de Doctorado conjuntos o en Tesis en régimen de cotutela, la defensa se llevará
a cabo en los términos que identifiquen los convenios de colaboración.