Universidad De Extremadura. Titulaciones Universitarias. (2021063881)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Doctorado de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021
62178
Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el Programa y debe
estar avalado por quienes ejerzan la dirección y la tutorización.
3. La Comisión Académica del Programa evaluará anualmente el Plan de Investigación y el
Documento de Actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir quien
tutoriza y quien dirige. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar
en el Programa. En el caso de que la Comisión Académica detecte carencias importantes,
podrá solicitar que se presente un nuevo Plan de Investigación en el plazo de seis meses.
En el supuesto de que las carencias se sigan produciendo, la Comisión Académica deberá
emitir un informe motivado y el estudiante causará baja definitiva en el Programa. A tal
efecto, la Dirección de la EDUEx dictará la resolución que proceda, a propuesta de la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado.
La baja definitiva de estudiantes de doctorado por evaluación negativa en un Programa, no
será impedimento para que esa persona pueda solicitar admisión en otro programa para el
que cumpla los requisitos de acceso y admisión
Artículo 32. Presentación de la Tesis doctoral.
1. L
a autorización para la presentación de la Tesis doctoral, a solicitud de la persona responsable de su Dirección, corresponderá a la Comisión Académica de cada Programa.
2. D
icha autorización no podrá realizarse en un plazo inferior a los 6 meses desde la matrícula
en su segundo año de tutela académica y contar con dos evaluaciones positivas de su Plan
de Investigación.
3. L
a Tesis podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la
comunicación científica en su campo de conocimiento.
4. A
la solicitud se acompañará un ejemplar de la Tesis, el Documento de Actividades y un resumen en español, si la Tesis doctoral estuviera redactada en un idioma distinto al castellano, además de aquella documentación que se considere necesaria a efectos de garantizar
la seguridad del procedimiento y en el formato que se establezca.
5. No podrán transcurrir más de tres meses desde la autorización de la presentación de la
Tesis doctoral hasta el acto público de su lectura.
6. L
a EDUEx establecerá las normas operativas de presentación de Tesis doctorales regulando
el procedimiento y los requisitos que hayan de cumplir, dentro del marco establecido en la
presente normativa.
Martes, 28 de diciembre de 2021
62178
Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el Programa y debe
estar avalado por quienes ejerzan la dirección y la tutorización.
3. La Comisión Académica del Programa evaluará anualmente el Plan de Investigación y el
Documento de Actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir quien
tutoriza y quien dirige. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar
en el Programa. En el caso de que la Comisión Académica detecte carencias importantes,
podrá solicitar que se presente un nuevo Plan de Investigación en el plazo de seis meses.
En el supuesto de que las carencias se sigan produciendo, la Comisión Académica deberá
emitir un informe motivado y el estudiante causará baja definitiva en el Programa. A tal
efecto, la Dirección de la EDUEx dictará la resolución que proceda, a propuesta de la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado.
La baja definitiva de estudiantes de doctorado por evaluación negativa en un Programa, no
será impedimento para que esa persona pueda solicitar admisión en otro programa para el
que cumpla los requisitos de acceso y admisión
Artículo 32. Presentación de la Tesis doctoral.
1. L
a autorización para la presentación de la Tesis doctoral, a solicitud de la persona responsable de su Dirección, corresponderá a la Comisión Académica de cada Programa.
2. D
icha autorización no podrá realizarse en un plazo inferior a los 6 meses desde la matrícula
en su segundo año de tutela académica y contar con dos evaluaciones positivas de su Plan
de Investigación.
3. L
a Tesis podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la
comunicación científica en su campo de conocimiento.
4. A
la solicitud se acompañará un ejemplar de la Tesis, el Documento de Actividades y un resumen en español, si la Tesis doctoral estuviera redactada en un idioma distinto al castellano, además de aquella documentación que se considere necesaria a efectos de garantizar
la seguridad del procedimiento y en el formato que se establezca.
5. No podrán transcurrir más de tres meses desde la autorización de la presentación de la
Tesis doctoral hasta el acto público de su lectura.
6. L
a EDUEx establecerá las normas operativas de presentación de Tesis doctorales regulando
el procedimiento y los requisitos que hayan de cumplir, dentro del marco establecido en la
presente normativa.