Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063934)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria de gestión de residuos para el reciclado de alperujo graso húmedo procedente de almazaras promovido por Cano Ingeniería y Sistemas, SA, en el término municipal de Talarrubias.
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NÚMERO 247
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61681
Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante escritos de 16 de noviembre de 2021
a Cano Ingeniería y Sistemas, SA, y al Ayuntamiento de Talarrubias para proceder a dar trámite de audiencia a los interesados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la Resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Se somete a autorización
ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el Anexo II de la presente ley”.
Tercero. La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de
aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 9.1 del Anexo II la Ley 16/2015, de 23
de abril, relativa a instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los
vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y de la propuesta de resolución, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos
legalmente, el Servicio de Prevención y Calidad Ambiental,
RESUELVO
Otorgar la Autorización Ambiental Unificada a favor de Cano Ingeniería y Sistemas, SA, para
industria de gestión de residuos para el reciclado de alperujo graso húmedo procedente de
almazaras, en el término municipal de Talarrubias, incluida en la categoría 9.1 del Anexo II
la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a instalaciones para la valorización o eliminación, en
lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga
a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de
aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El número de expediente de la instalación es el AAU 21/071.
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61681
Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante escritos de 16 de noviembre de 2021
a Cano Ingeniería y Sistemas, SA, y al Ayuntamiento de Talarrubias para proceder a dar trámite de audiencia a los interesados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la Resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Se somete a autorización
ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el Anexo II de la presente ley”.
Tercero. La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de
aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 9.1 del Anexo II la Ley 16/2015, de 23
de abril, relativa a instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los
vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I.
A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y de la propuesta de resolución, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos
legalmente, el Servicio de Prevención y Calidad Ambiental,
RESUELVO
Otorgar la Autorización Ambiental Unificada a favor de Cano Ingeniería y Sistemas, SA, para
industria de gestión de residuos para el reciclado de alperujo graso húmedo procedente de
almazaras, en el término municipal de Talarrubias, incluida en la categoría 9.1 del Anexo II
la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a instalaciones para la valorización o eliminación, en
lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga
a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de
aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El número de expediente de la instalación es el AAU 21/071.