Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063771)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Montijo por el que se regula la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante el año 2021".
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NÚMERO 247
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61617
pública como un elemento esencial para el desarrollo presente y futuro de la región. También
velarán por su orientación profesional, su emancipación familiar y su acceso a la vivienda.
Por su parte, el artículo 9, establece como competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, las siguientes materias: Infancia y juventud. Protección y
tutela de menores, así como Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En sus relaciones con otras Administraciones Públicas, la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se rige por los principios de cooperación y colaboración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el 3.1.k de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con estos principios, así como con lo dispuesto respecto a las técnicas de cooperación descritas en el artículo 140.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se suscribe el presente convenio que queda sujeto al régimen contenido
en los 48 y ss., de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 47 y ss., de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En virtud de este decreto se crea la Consejería de
Igualdad y Portavocía, que, según establece su artículo 2, ejercerá las competencias en materia de mujer, derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgéneros
e intersexuales, así como en materia de juventud que tenía asignadas la anterior Consejería
de Cultura e Igualdad; las funciones de portavoz del Gobierno autonómico, así como las competencias en materia de relaciones con la Asamblea de Extremadura, política de comunicación
y relaciones informativas y las de cooperación internacional al desarrollo que tenía atribuidas
la Presidencia de la Junta de Extremadura.
El Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Igualdad y Portavocía adscribe, en su artículo 1.2, el Instituto de la Juventud
de Extremadura a dicha Consejería.
Cuarto. El Instituto de la Juventud de Extremadura, creado por Ley 1/2007, de 20 de marzo,
es el órgano responsable de las políticas de juventud en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61617
pública como un elemento esencial para el desarrollo presente y futuro de la región. También
velarán por su orientación profesional, su emancipación familiar y su acceso a la vivienda.
Por su parte, el artículo 9, establece como competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, las siguientes materias: Infancia y juventud. Protección y
tutela de menores, así como Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En sus relaciones con otras Administraciones Públicas, la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se rige por los principios de cooperación y colaboración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el 3.1.k de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con estos principios, así como con lo dispuesto respecto a las técnicas de cooperación descritas en el artículo 140.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se suscribe el presente convenio que queda sujeto al régimen contenido
en los 48 y ss., de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 47 y ss., de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En virtud de este decreto se crea la Consejería de
Igualdad y Portavocía, que, según establece su artículo 2, ejercerá las competencias en materia de mujer, derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgéneros
e intersexuales, así como en materia de juventud que tenía asignadas la anterior Consejería
de Cultura e Igualdad; las funciones de portavoz del Gobierno autonómico, así como las competencias en materia de relaciones con la Asamblea de Extremadura, política de comunicación
y relaciones informativas y las de cooperación internacional al desarrollo que tenía atribuidas
la Presidencia de la Junta de Extremadura.
El Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Igualdad y Portavocía adscribe, en su artículo 1.2, el Instituto de la Juventud
de Extremadura a dicha Consejería.
Cuarto. El Instituto de la Juventud de Extremadura, creado por Ley 1/2007, de 20 de marzo,
es el órgano responsable de las políticas de juventud en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.