Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063914)
Resolución de 13 diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Fernando Reyes Cordero, en el término municipal de Maguilla (Badajoz).
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NÚMERO 246
Viernes, 24 de diciembre de 2021
61510
RESOLUCIÓN de 13 diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación porcina promovida por Fernando Reyes Cordero, en el término
municipal de Maguilla (Badajoz). (2021063914)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 8 de julio de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Maguilla y
promovida por Fernando Reyes Cordero con domicilio social en c/ Marcial García Mateo, n.º 3,
CP 06930 de Berlanga (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 208 y 216 del polígono 11, del término municipal
de Maguilla, con una superficie de 4,12 Has. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 2 de septiembre de 2020, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 13 de octubre de 2020.
Quinto. Con fecha 13 de noviembre de 2020, se remite copia del expediente al Ayuntamiento
de Maguilla, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción
del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la
instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local. El servicio técnico municipal del Ayuntamiento de Maguilla emite, en fecha 5 de julio de
Viernes, 24 de diciembre de 2021
61510
RESOLUCIÓN de 13 diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación porcina promovida por Fernando Reyes Cordero, en el término
municipal de Maguilla (Badajoz). (2021063914)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 8 de julio de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Maguilla y
promovida por Fernando Reyes Cordero con domicilio social en c/ Marcial García Mateo, n.º 3,
CP 06930 de Berlanga (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 208 y 216 del polígono 11, del término municipal
de Maguilla, con una superficie de 4,12 Has. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 2 de septiembre de 2020, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 13 de octubre de 2020.
Quinto. Con fecha 13 de noviembre de 2020, se remite copia del expediente al Ayuntamiento
de Maguilla, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción
del expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la
instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local. El servicio técnico municipal del Ayuntamiento de Maguilla emite, en fecha 5 de julio de