Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063917)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina de cebo, cuyo promotor es José Luis Gómez Cabrera, en el término municipal de Zafra. Expte.: IA20/1497.
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NÚMERO 246
Viernes, 24 de diciembre de 2021

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bación definitiva por la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial
de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico,
Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
• Con fecha 12 de marzo de 2021, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que comunica que por el interior de las parcelas afectadas discurren varios arroyos
tributarios del arroyo del Chozo del Perro, que constituyen el DPH del Estado, definido en
el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Si bien dichos cauces no se verían afectados por la explotación porcina, el vallado perimetral ocuparía parte de la zona de policía de uno de los
arroyos que discurren por el interior de la finca. No consta en este organismo de cuenca
que el promotor haya solicitado la pertinente autorización para la ocupación de la zona de
policía de cauces de DPH, por lo que deberá solicitarla ante la Comisaría de Aguas de esta
Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHGn), a la mayor brevedad posible. En cuanto
al abastecimiento de agua informa que según documentación aportada por el promotor
no cuantifica las necesidades hídricas totales de la actividad. Simplemente se indica que
procede de un sondeo. Siendo el número de cabezas de la explotación de 2.000 y considerando las necesidades unitarias por tipo de ganado contempladas en la tabla 48 de Anejo 4
a la Memoria del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana (DHGn), aprobado por el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de
19/01/2016), (2,87 m3/cabeza/año), las necesidades hídricas ascenderían a 5.740 m3/año,
sólo para bebida de los animales. Según los datos obrantes en este organismo de cuenca,
el promotor solicitó, con fecha 19/10/2020 la inscripción de un aprovechamiento de aguas
subterráneas, según lo establecido en el artículo 54.2 del TRLA, la cual se tramita con n.º
de expediente 1242/2020, para uso ganadero (porcino) en la parcela 5 del polígono 4 del
t.m. de Zafra (Badajoz). El volumen solicitado es de 5.600 m3/año. En cualquier caso, se
estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud
de inscripción del aprovechamiento de aguas subterráneas. Según lo dispuesto en la Orden
ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control
efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del DPH, de
los retornos al citado DPH y de los vertidos al mismo, para el control del volumen derivado
por las captaciones de agua del DPH, el titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados
realmente (contador o aforador). Seguidamente, el informe hace referencia a los vertidos al
Dominio Público Hidráulico. Propone una serie de medidas incluidas en el presente informe
técnico.