Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021063866)
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser, SA, para su personal adscrito al centro de tratamiento y eliminación de residuos domésticos del ecoparque de Mirabel, punto limpio de Plasencia y estación de transferencia de Coria.
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61171
CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA URBASER, SA Y
LA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES DEL PERSONAL
ADSCRITO AL CENTRO DE TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE
RESIDUOS DOMÉSTICOS DEL ECOPARQUE DE MIRABEL, PUNTO
LIMPIO DE PLASENCIA Y ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE CORIA
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
Artículo Preliminar. Partes que conciertan el convenio colectivo.
El presente convenio colectivo ha sido suscrito entre la representación de la empresa URBASER, S.A. y los Delegados de Personal del centro de tratamiento y eliminación de residuos
domésticos del Ecoparque de Mirabel, vertedero sellado de Plasencia y planta de transferencia
de Coria.
Las partes firmantes de este convenio colectivo tienen legitimación suficiente conforme a
las disposiciones legales para establecer los ámbitos de aplicación indicados en los artículos
siguientes.
Artículo 1. Ámbito funcional.
Los preceptos de este convenio obligan a la representación empresarial y a los trabajadores
del centro de tratamiento y eliminación de residuos domésticos del Ecoparque de Mirabel (Cáceres), Punto Limpio de Plasencia y Estación de Transferencia de Coria.
Artículo 2. Ámbito personal y territorial.
El presente convenio colectivo es de ámbito de empresa y regula las relaciones laborales de
la empresa URBASER, SA, concesionaria del servicio de operación, mantenimiento y conservación de las instalaciones adscritas al Área de Gestión número 1 de Plasencia (Ecoparque de
Mirabel, Punto Limpio de Plasencia y Estación de Transferencia de Coria).
Artículo 3. Vigencia y duración.
La duración del convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de
2022, prorrogándose por años naturales en el caso de que finalizada su vigencia no haya sido
denunciado por ninguna de las partes firmantes del mismo.
Los efectos económicos indicados en la Tabla Salarial (anexo I) se aplicarán desde el día 1 de
enero de 2021.
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61171
CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA URBASER, SA Y
LA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES DEL PERSONAL
ADSCRITO AL CENTRO DE TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE
RESIDUOS DOMÉSTICOS DEL ECOPARQUE DE MIRABEL, PUNTO
LIMPIO DE PLASENCIA Y ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE CORIA
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
Artículo Preliminar. Partes que conciertan el convenio colectivo.
El presente convenio colectivo ha sido suscrito entre la representación de la empresa URBASER, S.A. y los Delegados de Personal del centro de tratamiento y eliminación de residuos
domésticos del Ecoparque de Mirabel, vertedero sellado de Plasencia y planta de transferencia
de Coria.
Las partes firmantes de este convenio colectivo tienen legitimación suficiente conforme a
las disposiciones legales para establecer los ámbitos de aplicación indicados en los artículos
siguientes.
Artículo 1. Ámbito funcional.
Los preceptos de este convenio obligan a la representación empresarial y a los trabajadores
del centro de tratamiento y eliminación de residuos domésticos del Ecoparque de Mirabel (Cáceres), Punto Limpio de Plasencia y Estación de Transferencia de Coria.
Artículo 2. Ámbito personal y territorial.
El presente convenio colectivo es de ámbito de empresa y regula las relaciones laborales de
la empresa URBASER, SA, concesionaria del servicio de operación, mantenimiento y conservación de las instalaciones adscritas al Área de Gestión número 1 de Plasencia (Ecoparque de
Mirabel, Punto Limpio de Plasencia y Estación de Transferencia de Coria).
Artículo 3. Vigencia y duración.
La duración del convenio se extenderá desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de
2022, prorrogándose por años naturales en el caso de que finalizada su vigencia no haya sido
denunciado por ninguna de las partes firmantes del mismo.
Los efectos económicos indicados en la Tabla Salarial (anexo I) se aplicarán desde el día 1 de
enero de 2021.