Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes. (2021063921)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la Consejera de 15 de octubre de 2021, por la que se modifica la autorización administrativa de la Red de Centros de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial dependiente del centro autorizado con sede central en Cáceres "Centro de Estudio, Desarrollo e Investigación del Fútbol Extremeño" (CEDIFEX).
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61241
— Sede de Arroyo de la Luz:
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
• Fútbol Sala : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
• Fútbol Sala: 1 unidad ( Nivel III)
— Sede de Navalmoral de la Mata:
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
• Fútbol Sala : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
• Fútbol Sala: 1 unidad ( Nivel III)
— Sede de Malpartida de Plasencia
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario
cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos
en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la
oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la oportuna Resolución. Asimismo, la eficacia de esta resolución queda condicionada a la obligación
de obtener los permisos o autorizaciones correspondientes que hayan de ser otorgadas por
otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia en las nuevas unidades autorizadas en el centro deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad
del centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, en el supuesto
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61241
— Sede de Arroyo de la Luz:
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
• Fútbol Sala : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
• Fútbol Sala: 1 unidad ( Nivel III)
— Sede de Navalmoral de la Mata:
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
• Fútbol Sala : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
• Fútbol Sala: 1 unidad ( Nivel III)
— Sede de Malpartida de Plasencia
Técnico Deportivo en la especialidad de:
• Fútbol : 2 unidades ( Nivel I y II )
Técnico Deportivo Superior en la especialidad de:
• Fútbol: 1 unidad ( Nivel III )
Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario
cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos
en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la
oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la oportuna Resolución. Asimismo, la eficacia de esta resolución queda condicionada a la obligación
de obtener los permisos o autorizaciones correspondientes que hayan de ser otorgadas por
otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia en las nuevas unidades autorizadas en el centro deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad
del centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, en el supuesto