Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063895)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una nave industrial destinada a centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, promovida por Juan José Arias Prieto, en el término municipal de Casas de Millán (Cáceres).
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61367
•S
e adecuará la edificación al entorno en que se ubica.
•S
e revisaran periódicamente las máquinas, controlando los silenciadores y mecanismos de rodadura para minimizar ruidos y los sistemas de combustión para evitar la
emisión de gases contaminantes.
•S
e evitará el vertido de grasas y aceites de maquinaria al suelo y cursos de agua. Por
ser productos catalogados como tóxicos y peligrosos tienen que ser eliminados por un
Gestor autorizado por la Dirección General de Medio Ambiente.
•A
l finalizar los trabajos, se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos
generados durante la fase de obra.
c. Medidas en fase de explotación.
•L
as medidas correctoras durante esta fase estarán encaminadas a controlar la contaminación de suelos y aguas tanto superficiales como subterráneas por los residuos
propios de la actividad, aguas fecales de los servicios y control de los arrastres en los
patios, para lo que se llevará a cabo las siguientes actuaciones:
•L
os vertidos de la instalación motivo de estudio, serán aguas residuales procedentes
de los procesos propios de la actividad, con presencia de sustancias disueltas o en
suspensión que pudieran generarse de forma ocasional de la limpieza de algún vehículo o de las propias instalaciones, así como los vertidos propios ocasionados por la
utilización de aseos.
•E
n ningún momento se realizará la incorporación a las aguas residuales disolventes,
pinturas, ácidos, fármacos, sustancias sólidas no degradables, plásticos, ni aquellos
elementos que puedan provocar obturación de las conducciones o su daño. Se evitará,
igualmente, la incorporación de filtros de cigarros, preservativos y, en general, aquellos elementos que sean de difícil o imposible eliminación en las depuradoras de aguas
residuales.
•T
odos los residuos sólidos y líquidos procedentes de la actividad de las instalaciones,
serán recogidos y almacenados para su posterior retirada.
•S
e instalará un separador de hidrocarburos (y una arqueta de muestras) conectado al
saneamiento existente.
•S
erán de aplicación todas las medidas reflejadas en la AAU.
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61367
•S
e adecuará la edificación al entorno en que se ubica.
•S
e revisaran periódicamente las máquinas, controlando los silenciadores y mecanismos de rodadura para minimizar ruidos y los sistemas de combustión para evitar la
emisión de gases contaminantes.
•S
e evitará el vertido de grasas y aceites de maquinaria al suelo y cursos de agua. Por
ser productos catalogados como tóxicos y peligrosos tienen que ser eliminados por un
Gestor autorizado por la Dirección General de Medio Ambiente.
•A
l finalizar los trabajos, se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos
generados durante la fase de obra.
c. Medidas en fase de explotación.
•L
as medidas correctoras durante esta fase estarán encaminadas a controlar la contaminación de suelos y aguas tanto superficiales como subterráneas por los residuos
propios de la actividad, aguas fecales de los servicios y control de los arrastres en los
patios, para lo que se llevará a cabo las siguientes actuaciones:
•L
os vertidos de la instalación motivo de estudio, serán aguas residuales procedentes
de los procesos propios de la actividad, con presencia de sustancias disueltas o en
suspensión que pudieran generarse de forma ocasional de la limpieza de algún vehículo o de las propias instalaciones, así como los vertidos propios ocasionados por la
utilización de aseos.
•E
n ningún momento se realizará la incorporación a las aguas residuales disolventes,
pinturas, ácidos, fármacos, sustancias sólidas no degradables, plásticos, ni aquellos
elementos que puedan provocar obturación de las conducciones o su daño. Se evitará,
igualmente, la incorporación de filtros de cigarros, preservativos y, en general, aquellos elementos que sean de difícil o imposible eliminación en las depuradoras de aguas
residuales.
•T
odos los residuos sólidos y líquidos procedentes de la actividad de las instalaciones,
serán recogidos y almacenados para su posterior retirada.
•S
e instalará un separador de hidrocarburos (y una arqueta de muestras) conectado al
saneamiento existente.
•S
erán de aplicación todas las medidas reflejadas en la AAU.