Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063895)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una nave industrial destinada a centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, promovida por Juan José Arias Prieto, en el término municipal de Casas de Millán (Cáceres).
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021

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Sexto. Una vez evaluada la solicitud de autorización ambiental unificada para la actividad referida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el técnico que suscribe
informa la implantación y desarrollo de la actividad pretendida, previamente al trámite de
audiencia a los interesados. No obstante, el órgano ambiental formulará la Propuesta de Resolución en el sentido que proceda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en particular en la categoría 9.1 y 9.3 del Anexo II de la Ley 16/2015, de 23
de abril, relativa a “Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los
vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I” e “Instalaciones de gestión
de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o
eliminación, excepto los puntos limpios”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la presenta Ley.
SE RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Juan José Arias Prieto, para una nave
industrial destinada a centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, ubicada en el
polígono 4, parcela 18, del término municipal de Casas de Millán (Cáceres), a los efectos recogidos en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura categoría 9.1 y 9.3 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a
“Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de
residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I” e “Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación,
excepto los puntos limpios”, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones