Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2021063911)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países respecto de los proyectos que se presenten, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español para el ejercicio FEAGA 2023.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021
60997
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se efectúa la convocatoria de ayudas destinadas a la promoción del vino
en mercados de terceros países respecto de los proyectos que se presenten,
al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación
de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
español para el ejercicio FEAGA 2023. (2021063911)
El Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa
de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266, de 3 de noviembre de 2018),
establece nuevas condiciones de aplicación a las medidas de promoción, de reestructuración
y reconversión de viñedos y de inversiones y deroga el Real Decreto 5/2018, de 12 de enero.
El mismo es modificado por el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26
de octubre), por Real Decreto 557/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020),
por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020), por Real
Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020), por el Real Decreto
617/2020 de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio de 2020) y por Real Decreto 283/2021,
de 20 de abril (BOE n.º 95, de 21 de abril de 2021).
El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266, de 3 de noviembre
de 2018), se dicta en aplicación de la normativa de la Unión Europea, del Reglamento (UE)
n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el
que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se
derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1307/2001 y (CE)
n.º 1234/2007, el Reglamento Delegado (UE) 2016/1149, de la Comisión, de 15 de abril de
2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola
y se modifica el Reglamento (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, y del Reglamento de Ejecución
(UE) 2016/1150 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola, y de acuerdo
con la habilitación prevista en la Disposición final primera de la Ley 24/2003, de 10 de julio,
de la Viña y del Vino.
La medida de promoción persigue fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y
a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países. En la
gestión de esta medida, y dentro del marco de sus competencias, participarán tanto la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca y Alimentación,
como las comunidades autónomas.
Miércoles, 22 de diciembre de 2021
60997
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se efectúa la convocatoria de ayudas destinadas a la promoción del vino
en mercados de terceros países respecto de los proyectos que se presenten,
al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación
de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
español para el ejercicio FEAGA 2023. (2021063911)
El Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa
de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266, de 3 de noviembre de 2018),
establece nuevas condiciones de aplicación a las medidas de promoción, de reestructuración
y reconversión de viñedos y de inversiones y deroga el Real Decreto 5/2018, de 12 de enero.
El mismo es modificado por el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre (BOE n.º 258, de 26
de octubre), por Real Decreto 557/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020),
por Real Decreto 558/2020, de 9 de junio (BOE n.º 163, de 10 de junio de 2020), por Real
Decreto 137/2020, de 28 de enero (BOE n.º 25, de 29 de enero de 2020), por el Real Decreto
617/2020 de 30 de junio (BOE n.º 181, de 1 de julio de 2020) y por Real Decreto 283/2021,
de 20 de abril (BOE n.º 95, de 21 de abril de 2021).
El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español (BOE n.º 266, de 3 de noviembre
de 2018), se dicta en aplicación de la normativa de la Unión Europea, del Reglamento (UE)
n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el
que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se
derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1307/2001 y (CE)
n.º 1234/2007, el Reglamento Delegado (UE) 2016/1149, de la Comisión, de 15 de abril de
2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola
y se modifica el Reglamento (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, y del Reglamento de Ejecución
(UE) 2016/1150 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola, y de acuerdo
con la habilitación prevista en la Disposición final primera de la Ley 24/2003, de 10 de julio,
de la Viña y del Vino.
La medida de promoción persigue fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y
a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países. En la
gestión de esta medida, y dentro del marco de sus competencias, participarán tanto la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca y Alimentación,
como las comunidades autónomas.