Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063900)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Planchador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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Decimotercera. Nombramiento y toma de posesión.
13.1. Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales
del Servicio Extremeño de Salud, publicada en el Diario Oficial de Extremadura, se acordará el nombramiento de personal estatutario fijo de los aspirantes que hayan elegido
plaza, con expresión de la plaza elegida conforme a lo establecido en la base anterior.
13.2. Los aspirantes nombrados deberán incorporarse a la plaza adjudicada en la fecha o plazo que se determine en la resolución de nombramiento. En su caso, el cómputo de dicho
plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación a que se refiere el apartado anterior.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.4 del precitado Decreto 81/2021, de 7 de
julio (DOE núm. 133, de 13 de julio), se fija como importe de las actividades de tutoría
y apoyo al proceso de adaptación de este personal al desempeño de las tareas y funciones de su puesto, la cantidad de 500 euros, que de conformidad con el artículo 18.4,
del Decreto 111/2017, de 18 de julio comprenderá un único abono que se efectuará una
vez transcurrido el periodo de dos meses previsto para la tutoría y previo certificado del
Jefe de Servicio competente en materia de personal acreditativo de la tutoría realizada.
13.3. La falta de incorporación en la fecha o plazo determinado, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a
obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia del proceso selectivo, quedando sin efecto su nombramiento.
En este caso, estas plazas podrán ser asignadas por orden de puntuación al aspirante
que, habiendo superado el proceso selectivo no hubieran obtenido plaza en el procedimiento de adjudicación previsto en la base 12, decayendo en su derecho quienes no se
incorporen a su destino en la fecha o plazo fijado, salvo causa justificada así apreciada
por la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud.
No obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, el órgano convocante, a la vista de las circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma
de posesión.
13.4. El supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, la asignación
de estas plazas a los aspirantes que hayan sido nombrados anteriormente.
13.5. Finalizadas todas las reclamaciones y recursos que pudieran derivar del proceso selectivo, el secretario del Tribunal entregará a la Dirección General de Recursos Humanos
y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud el expediente administrativo ordenado y foliado.