Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063899)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar de Función Administrativa, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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Generales del Servicio Extremeño de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de
admitidos y excluidos. En esta resolución se indicará que las listas definitivas de aspirantes
admitidos y excluidos se encuentran ubicadas en el portal de Selección de Personal del
Servicio Extremeño de Salud. Las reclamaciones presentadas por los aspirantes para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en la relación provisional
de admitidos y excluidos se entenderán contestados con la publicación de la resolución
por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos. Esta publicación
servirá de notificación a los interesados.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no supone que se reconozca a
los aspirantes el cumplimiento de los requisitos exigidos en este proceso selectivo.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. E
 l Tribunal está compuesto por siete miembros nombrados por el Director Gerente del
Servicio Extremeño de Salud, así como sus suplentes y es el que figura en el Anexo II de
esta resolución.
5.2. L
 os miembros del Tribunal deberán ostentar la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud, o de
personal laboral fijo de los centros vinculados al Sistema Nacional de Salud, en plaza o
categoría para la que se exija poseer titulación del nivel académico igual o superior a la
exigida para el ingreso.
5.3. L
 as organizaciones sindicales miembros de la Mesa Sectorial de Sanidad podrán participar en calidad de observadores en el desarrollo del proceso selectivo.
5.4. E
 l Tribunal podrá proponer al Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que limitarán su colaboración al
ejercicio de sus especialidades técnicas.
5.5. E
 l Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del presidente y del secretario
o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria,
siempre que las mismas correspondan a la misma categoría, y en su caso especialidad
convocada, debiendo comunicarlo al órgano convocante.