Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021063899)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar de Función Administrativa, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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ellas, y sin perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por
coincidencia en las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, circunstancia
que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará una
única solicitud por cada categoría, y en su caso, especialidad a la que se opte.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en la solicitud
serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a
efectos de las notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabilidad exclusiva del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la LPAC, en el supuesto de que el funcionamiento
ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una incidencia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una
ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Para facilitar la cumplimentación de la solicitud a través de Internet, se habilitarán ordenadores en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado del
Servicio Extremeño de Salud que se relacionan en el Anexo I.
3.3. L
 os aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en el momento de la solicitud, las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización del ejercicio,
siempre que tal adaptación no desvirtúe el sentido de la prueba. El Tribunal requerirá
informe técnico y en su caso, la colaboración de los órganos técnicos competentes en
materia de discapacidad. El Tribunal de Selección resolverá sobre la procedencia y concreción de la adaptación, conforme al Baremo aprobado por Orden del Ministerio de
Presidencia 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para
la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad, siendo objeto de publicación en los lugares previstos en la convocatoria.
La solicitud de adaptación podrá ser formulada por cualquier aspirante con discapacidad,
sin perjuicio del turno por el que concurra a las pruebas selectivas.
Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y medios para la realización del
ejercicio de la fase de oposición aportarán escaneada la documentación acreditativa junto
con la solicitud, a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de
Salud, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la terminación del plazo de
presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará
en ningún caso la admisión del/la aspirante por el turno de discapacidad.