Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050212)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 243
60165
Martes, 21 de diciembre de 2021
do por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impidan la
incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano convocante así lo decida,
conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Undécima. Nombramiento de funcionarios/as de carrera.
Por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo Auxiliar los/as integrantes de la relación
definitiva de aprobados/as, publicándose dichos nombramientos en el Diario Oficial de Extremadura con expresión del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la Base anterior.
Dicho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido por
concurso. La citada resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las Bases de la convocatoria.
Duodécima. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2021.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
60165
Martes, 21 de diciembre de 2021
do por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impidan la
incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano convocante así lo decida,
conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Undécima. Nombramiento de funcionarios/as de carrera.
Por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo Auxiliar los/as integrantes de la relación
definitiva de aprobados/as, publicándose dichos nombramientos en el Diario Oficial de Extremadura con expresión del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la Base anterior.
Dicho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido por
concurso. La citada resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las Bases de la convocatoria.
Duodécima. Norma final.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería
de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2021.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES