Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050211)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60115
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
8. L
os/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Especialidades se convoquen siempre que
reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que
en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas,
horas o lugares de celebración de los ejercicios, así como del periodo de prácticas, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará
una instancia por cada Especialidad a la que se aspire.
9. L
a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 15,28 euros por solicitud, y su
ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que
se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica
en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello
correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a
“Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos
de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página
web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos
de examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del
ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas
bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los
apartados anteriores.
10. S
e establece una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos,
los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial
de Extremadura de la presente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para
el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral
efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
Martes, 21 de diciembre de 2021
60115
los datos de contacto consignados en la misma a los efectos de lo dispuesto en la Base
Duodécima de la presente Orden.
8. L
os/as aspirantes podrán presentarse a cuantas Especialidades se convoquen siempre que
reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin perjuicio de que
en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en las fechas,
horas o lugares de celebración de los ejercicios, así como del periodo de prácticas, circunstancia que en modo alguno vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará
una instancia por cada Especialidad a la que se aspire.
9. L
a tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 15,28 euros por solicitud, y su
ingreso se efectuará a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que
se indican en la solicitud de participación, o bien telemáticamente de la forma que se indica
en este apartado.
En caso de optar por el ingreso a través de cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que se indican en la solicitud de participación, en la solicitud deberá figurar el sello
correspondiente de la entidad bancaria colaboradora en el recuadro correspondiente a
“Prestaciones Patrimoniales: Derechos de examen”, acreditativo del pago de los derechos
de examen.
En caso de optar por el pago telemático de la tasa, se efectuará a través de la página
web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo el código de la tasa por derechos
de examen el 100161, debiendo acompañarse a la solicitud el documento justificativo del
ingreso.
En ningún caso, la presentación de la solicitud para el abono de la tasa en las oficinas
bancarias colaboradoras o bien el pago telemático de la tasa supondrán la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo dispuesto en los
apartados anteriores.
10. S
e establece una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los participantes en pruebas selectivas que se encuentren en situación legal de desempleo durante, al menos,
los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial
de Extremadura de la presente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para
el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral
efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.