Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050209)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60065
2. U
na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado
la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as
interesados/as, igualmente, de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante
el mismo. A continuación esa relación se remitirá a la Dirección General de Función Pública.
3. S
eguidamente, la Dirección General de Función Pública enviará al Tribunal de Selección el
resultado de la fase de concurso, debiendo proceder éste a la suma de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso.
Con la puntuación así obtenida, cada Tribunal de Selección emitirá la relación de aprobados/as por orden de puntuación total, no pudiendo rebasar éstos/as el número de plazas
convocadas, de tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a letra inicial del primer apellido a partir de la por la letra “M”, que fue la
resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación de los/as
aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue publicado
mediante Resolución de 26 de febrero de 2021 (DOE número 42, de 3 de marzo). De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido,
y de seguir persistiendo a la del nombre.
4. L
os Tribunales de Selección elevarán las relaciones provisionales de aprobados/as a la
Dirección General de Función Pública, quien dispondrá su inserción en el Diario Oficial de
Extremadura, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen
pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados/as y
dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto
de que algún/a aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, supere el
ejercicio correspondiente, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera
superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno general de promoción interna, será
incluido/a, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de aprobados/as, según
lo previsto en el artículo 15 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el
acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma
Martes, 21 de diciembre de 2021
60065
2. U
na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado
la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as
interesados/as, igualmente, de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante
el mismo. A continuación esa relación se remitirá a la Dirección General de Función Pública.
3. S
eguidamente, la Dirección General de Función Pública enviará al Tribunal de Selección el
resultado de la fase de concurso, debiendo proceder éste a la suma de las calificaciones
obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso.
Con la puntuación así obtenida, cada Tribunal de Selección emitirá la relación de aprobados/as por orden de puntuación total, no pudiendo rebasar éstos/as el número de plazas
convocadas, de tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a letra inicial del primer apellido a partir de la por la letra “M”, que fue la
resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación de los/as
aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue publicado
mediante Resolución de 26 de febrero de 2021 (DOE número 42, de 3 de marzo). De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido,
y de seguir persistiendo a la del nombre.
4. L
os Tribunales de Selección elevarán las relaciones provisionales de aprobados/as a la
Dirección General de Función Pública, quien dispondrá su inserción en el Diario Oficial de
Extremadura, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen
pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados/as y
dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto
de que algún/a aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, supere el
ejercicio correspondiente, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera
superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno general de promoción interna, será
incluido/a, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de aprobados/as, según
lo previsto en el artículo 15 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el
acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma