Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050210)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Especialidad Agentes del Medio Natural.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021
60090
personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea
similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Subgrupo.
Asimismo se valorará la experiencia profesional prestada como Agentes Forestales y
Agentes de Medio Ambiente que hayan estado adscritos al Grupo D en situación “a extinguir”.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo
la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al
amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece
el anexo III.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta
un máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus Organismos Autónomos por los/as aspirantes que hayan superado la fase
de oposición, se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función Pública o,
en su caso, por el órgano competente del Organismo Autónomo, los cuales se aportarán al Tribunal Único para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al
interesado/a.
2. L
os/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de aprobados/as del último ejercicio de la fase de oposición para acreditar los méritos definidos
en el apartado anterior mediante certificación expedida, según modelo que figura en
anexo III, por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los
mismos.
Dicha certificación deberá contener, al menos, el Subgrupo o en su defecto Grupo
Profesional y de Titulación, el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad,
porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de
Martes, 21 de diciembre de 2021
60090
personal estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea
similar al Cuerpo y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Subgrupo.
Asimismo se valorará la experiencia profesional prestada como Agentes Forestales y
Agentes de Medio Ambiente que hayan estado adscritos al Grupo D en situación “a extinguir”.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo
la modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social celebrados al
amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse según establece
el anexo III.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,084 puntos por mes o fracción, hasta
un máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1. L
os servicios prestados para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o sus Organismos Autónomos por los/as aspirantes que hayan superado la fase
de oposición, se certificarán de oficio por la Dirección General de la Función Pública o,
en su caso, por el órgano competente del Organismo Autónomo, los cuales se aportarán al Tribunal Único para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al
interesado/a.
2. L
os/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de aprobados/as del último ejercicio de la fase de oposición para acreditar los méritos definidos
en el apartado anterior mediante certificación expedida, según modelo que figura en
anexo III, por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los
mismos.
Dicha certificación deberá contener, al menos, el Subgrupo o en su defecto Grupo
Profesional y de Titulación, el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad,
porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de